Renta 2021
¿Cómo desgrava la vivienda en la Renta 2021?
Tanto los propietarios de vivienda alquilada como los que hayan vendido una propiedad tienen derecho a deducciones
Ocho claves que debes saber al presentar la declaración de la Renta 2021-2022
Rentas mobiliarias
- Que se trate de bienes inmuebles urbanos y no se encuentren afectos a actividades económicas.
- Que se trate de inmuebles rústicos con construcciones que no resulten indispensables para el desarrollo de explotaciones agrícolas, forestales o ganaderas, no afectos a actividades económicas.
- Que no generen rendimientos de capital como consecuencia del arrendamiento de bienes inmuebles, negocios o minas o de la constitución o cesión de derechos o facultades de uso o disfrute sobre bienes inmuebles.
- Que no constituyan la vivienda habitual del contribuyente. A estos efectos, se entiende que forman parte de la vivienda habitual del contribuyente las plazas de garaje adquiridas conjuntamente con el inmueble hasta un máximo de dos.
- Que no se trate de suelo no edificado, inmuebles en construcción ni de inmuebles que, por razones urbanísticas, no sean susceptibles de uso.
- La concesión del derecho de uso de plazas de aparcamiento para residentes no genera la imputación de rentas inmobiliarias, al no constituir dicha concesión un derecho real.
- Con carácter general se aplicará el 2% sobre el valor catastral del inmueble que figure en el recibo del IBI.
- El 1,1% en los siguientes supuestos:
- Inmuebles cuyos valores catastrales hayan sido revisados, modificados o determinados mediante un procedimiento de valoración colectiva de carácter general.
- Inmuebles que, a la fecha de devengo del impuesto carecieran de valor catastral o éste no haya sido notificado al titular.
Obras de mejora
- Deducción por obras para la reducción de la demanda de calefacción y refrigeración.
- Deducción por obras para la mejora en el consumo de energía primaria no renovable.
- Deducción por obras de rehabilitación energética.
- Normas comunes a las deducciones
Inversión en vivienda habitual
- Para inversiones en adquisición, rehabilitación, construcción o ampliación de la vivienda habitual: hasta 9.040 € anuales.
- Por cantidades destinadas a la realización de obras e instalaciones de adecuación de la vivienda habitual por razón de discapacidad: hasta 12.080 € anuales.
Para el arrendatario
- Que el contrato de arrendamiento se haya firmado con anterioridad a 1 de enero de 2015.
- Que se haya tenido derecho a la deducción por alquiler de la vivienda habitual en relación con las cantidades satisfechas por el alquiler de dicha vivienda en un período impositivo devengado con anterioridad a 1 de enero de 2015.
Venta de inmuebles
- Transmisión de la vivienda habitual por mayores de 65 años o por personas en situación de dependencia severa o de gran dependencia.
- Transmisión de la vivienda habitual con reinversión.
- Transmisión de un inmueble.
Otros casos
- Dación en pago de la vivienda habitual
- Tratamiento de la vivienda habitual en el Impuesto sobre el Patrimonio.
- No residentes: tributación de inmuebles
- El IVA en operaciones inmobiliarias