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29 de abril de 2024

Un empleado público durante su jornada laboral, en la oficina de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.

Un empleado público durante su jornada laboral, en la oficina de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.EP

Ayudas

Cheque de 200 euros: ¿hay que declararlo? La cantidad que podría quedarse Hacienda

El plazo para solicitar el cheque de 200 euros para reducir la vulnerabilidad económica comenzó el miércoles 14 de febrero

El pasado miércoles, 14 de febrero, comenzó el plazo para solicitar el cheque de 200 euros aprobado por el Gobierno con el objetivo de reducir la vulnerabilidad económica de 4,2 millones de hogares tras la subida de precios generalizada derivada de la guerra en Ucrania y de la subida de los combustibles. Podrán solicitarlo todas aquellas personas físicas con una renta de hasta 27.000 euros anuales y un patrimonio inferior a los 75.000 euros anuales a 31 de diciembre de 2022, excluyendo la vivienda habitual.
Para solicitar esta ayuda, además, los interesados deben tener su residencia habitual en España y haber realizado alguna actividad laboral, ya sea por cuenta propia o ajena en 2022 o haber recibido alguna prestación o subsidio por desempleo.
Aquellos que deseen ser beneficiarios del cheque tendrán que entrar en la página web de la Agencia Tributaria antes del 31 de marzo e identificarse con certificado o DNI electrónico o con el sistema Cl@ve PIN. Una vez dentro, será necesario aportar el DNI, el número de teléfono móvil y la cuenta bancaria donde realizar el abono.

El cheque no está exento de impuestos

Eso sí. Según explican desde la plataforma de asesoría fiscal TaxDown, este cheque «tributa como ganancia patrimonial en el impuesto sobre la Renta (IRPF)», por lo que los contribuyentes que tengan que presentar la declaración de la Renta tendrán que incluirlo en el ejercicio fiscal correspondiente a 2023, es decir, la campaña que comenzará en 2024.
Según explica esta organización, el cheque no está sujeto a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, según la cual algunas ayudas no se contemplan como ganancias patrimoniales. Por tanto, será necesario incluirlo en la declaración de la Renta.
En el caso de cobrar una renta de 23.500 euros, en la Comunidad de Madrid, según los cálculos de TaxDown se tendrán que pagar aproximadamente 30 euros, por lo que la ayuda quedaría en 170 euros.
Si la renta asciende a 27.000 euros, en la misma región se pagarían alrededor de 36 euros. En Cataluña, por el contrario, serían 40.
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