
Cajero de una entidad bancaria
Claves de la nueva Autoridad de Defensa del Cliente Financiero y cómo afectará a los usuarios
El Gobierno ha acordado la tramitación de urgencia de la Autoridad de Defensa del Cliente Financiero. Atenderá las reclamaciones de forma ágil, en un plazo máximo de 90 días, y gratuita
El Gobierno ha acordado este martes la tramitación de urgencia de la Autoridad de Defensa del Cliente Financiero. Con ella pretende agilizar la solución de los conflictos de los ciudadanos con su banco. El proyecto, que había sido aprobado por el Congreso de los Diputados en la pasada legislatura y decayó antes de su adopción final por la convocatoria de elecciones, se reactivó de nuevo para su tramitación con la publicación en audiencia pública del texto con los cambios introducidos en la tramitación parlamentaria en septiembre del año pasado.
Se trata de un proyecto prioritario para el Gobierno, por lo que el objetivo era impulsar una tramitación urgente con el fin de que la nueva Autoridad pudiera constituirse lo antes posible. Tras la creación de este organismo, los usuarios financieros podrán presentar sus reclamaciones en el ámbito bancario, de seguros y de inversión financiera ante un único organismo que atenderá las reclamaciones de forma ágil, en un plazo máximo de 90 días, y gratuita.
El Gobierno estima que de este modo se reforzará la inclusión financiera a través de la atención personalizada, tanto por la Autoridad como por las entidades financieras, especialmente a personas mayores, con discapacidad y colectivos vulnerables que deseen presentar reclamaciones. El texto incluye el conjunto de entidades que podrán ser objeto de reclamación. Entre ellas se incluyen las entidades supervisadas, los servicios fintech y de criptoactivos y los servicios de préstamos al consumo.
Los códigos de autorregulación voluntariamente suscritos por las entidades financieras o las asociaciones a que estas estén adheridas tendrán la consideración de normas de conducta. Se recoge, asimismo, el tipo de reclamaciones que podrán presentarse, que podrán tener o no contenido económico, incluyéndose las quejas por el incumplimiento de obligaciones de información o la apertura de cuentas de pago básicas. Las resoluciones serán de obligado cumplimiento para la entidad financiera cuando el importe reclamado sea inferior a 20.000 euros.La Autoridad se financiará mediante una tasa que abonarán las entidades financieras y que será variable en función del número de reclamaciones a cada entidad y de las resueltas a favor del cliente. Asimismo, se refuerza el derecho de acceso a la cuenta de pago básica, dirigida especialmente a colectivos vulnerables, simplificando los procedimientos y documentación requerida. Se facilita el cierre telemático de cuentas bancarias para que su sencillez sea pareja a la de la apertura.