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13 de mayo de 2024

La declaración de la renta 2023 tiene varias novedades derivadas de los PGE

Declaración de la Renta

Declaración de la Renta 2023 - 2024

Si recibo el paro del SEPE, ¿cuenta como segundo pagador en la declaración de la Renta 2023-2024?

Con dos pagadores, es común que haya saldo a pagar debido a las menores retenciones

Con el comienzo de la campaña de la Declaración de la Renta 2023-2024, muchos contribuyentes están planteándose interrogantes por las últimas modificaciones implementadas, especialmente aquellas que afectan a los desempleados que cobran el paro.
A partir del 3 de abril, aquellos contribuyentes que superen ciertos límites de renta y patrimonio en el ejercicio económico 2023 podrán presentar electrónicamente el borrador del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Es vital considerar si las ayudas del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) se contemplan como rentas de trabajo, determinando así la cantidad de pagadores.
La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) aclara que tener dos o más pagadores no se limita a la simultaneidad de empleos, incluyendo también la percepción de prestaciones por desempleo del SEPE. Por ende, el desempleo se considera como un segundo pagador en la declaración de la Renta.
Independientemente de su naturaleza contributiva, las ayudas del SEPE se contabilizan como rentas adicionales para Hacienda, con excepciones como pagos delegados y subrogaciones laborales.

Prestación por desempleo

Hacienda establece la obligatoriedad de presentar la declaración del IRPF para aquellos cuyos ingresos en 2023 superen los 15.000 euros, con dos o más pagadores y un mínimo de 1.500 euros en ingresos. Si solo se percibió el paro del SEPE durante más de un año, la declaración será necesaria si los ingresos superan los 22.000 euros anuales.
Es crucial tener presente que la obligación de tributar no siempre conlleva un saldo a pagar, pudiendo resultar en una devolución por retenciones excesivas del año anterior. No obstante, con dos pagadores, es común que haya saldo a pagar debido a las menores retenciones fiscales aplicadas por el SEPE.
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