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Un operario recogiendo la basura.

Un operario recogiendo la basura.Jesús Hellín / Europa Press

Llega el 'impuestazo' a las basuras: entra en vigor la nueva tasa que disparará un 45 % la recaudación

Desde este jueves, los ayuntamientos están obligados a imponer una tasa que no sea deficitaria

Desde este jueves, los ayuntamientos están obligados a imponer una tasa de basuras que no resulte deficitaria. Esto significa que los municipios que habían eliminado este tributo deberán reactivarlo, y aquellos que ya lo aplicaban tendrán que revisar al alza su cuantía para garantizar que el ingreso cubre el coste real del servicio.

Esta medida, consecuencia directa de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, fue impulsada por el Gobierno de Pedro Sánchez y no tardó en provocar el rechazo generalizado de los consistorios.

El Ejecutivo justifica la norma en base a la directiva europea sobre residuos, pero varios ayuntamientos niegan que se trate de una exigencia de Bruselas y acusan al presidente de aplicar un nuevo «sanchazo».

El incremento de la tasa, que podrá duplicar en algunos casos el importe actual, dependerá de cada municipio, ya que la normativa permite cierto margen de aplicación según las características locales.

El Ministerio de Hacienda remitió hace unos meses a los ayuntamientos un documento —al que tuvo acceso El Debate— en el que se detallan las pautas para implantar el nuevo modelo. Aunque la directiva europea no obliga a una tasa totalmente individualizada desde el 10 de abril de 2025, sí establece que los sistemas de cobro deben evolucionar en esa dirección, incorporando criterios que tengan en cuenta el comportamiento ciudadano respecto a la generación de residuos.

Para ello, Hacienda plantea tres modelos de pago:

  • Un sistema elemental, de cuota única con reducciones por buenas prácticas, como el uso de puntos limpios o compostaje doméstico.
  • Un sistema medio, combinación de una cuota básica con una variable según zonas del municipio.
  • Y un sistema avanzado, con cuota básica más una parte variable individualizada en función de la generación de residuos de cada contribuyente.

Las cuotas básicas se calcularán con criterios objetivos como el uso del inmueble, número de residentes, valor catastral, superficie o localización.

Aunque la Ley Reguladora de Haciendas Locales establece que el importe de las tasas no puede superar el coste real o previsible del servicio, la nueva norma establece que la prestación de la recogida, transporte y tratamiento de residuos no puede ser deficitaria.

Por ello, el Ministerio exige que la ley sea interpretada «como el necesario cumplimiento de un principio» y no como «la imposición a los ayuntamientos de una absoluta precisión en la cobertura de los costes de servicio». Es decir, que dicha cobertura se aproxime lo máximo al coste real, teniendo en cuenta los posibles beneficios fiscales.

La ley establece bonificaciones a aquellos que realicen compostaje doméstico o recogida separada

Estas beneficios o bonificaciones –a modo de reducciones en la cuota– van dirigidas a aquellos «que realicen compostaje doméstico o separación y recogida separada de materia orgánica, participen en la recogida separada para el posterior reciclado», o familias en riesgo de exclusión social.

En el caso de las empresas, podrán disfrutar de esta bonificación aquellas que tengan establecidos, en colaboración con entidades de economía social sin ánimo de lucro, sistemas de gestión que reduzcan de manera verificable los residuos alimentarios.

La tasa deberá reflejar tanto costes directos (personal, préstamos) como indirectos (campañas de concienciación, por ejemplo). Además, en aquellos casos en los que los productores estén obligados a financiar ciertos residuos, deberán compensar a las administraciones locales por su gestión.

Cobro anual

La tasa se devengará cada 1 de enero y podrá estructurarse en dos tramos: una cuota básica asociada a los costes fijos del servicio y otra variable vinculada al volumen de residuos generado. Ambas partes podrán cobrarse en uno o dos recibos, según decida cada ayuntamiento.

Según la Fundación ENT, el coste medio del servicio asciende a unos 3.000 euros por año y municipio, frente a unos ingresos actuales de apenas 2.079 euros. Para ajustarse a la nueva normativa, será necesario incrementar la recaudación en torno a un 45 % de media, aunque el impacto variará considerablemente según el punto de partida de cada localidad.

Algunos municipios ya habían adelantado este ajuste, mientras que otros deberán aplicar de nuevo la tasa tras haberla integrado en el IBI o haberla eliminado por completo en ejercicios anteriores. Madrid, por ejemplo, ha anunciado que la tasa incluirá una bajada del IBI y bonificaciones para diferentes colectivos, como beneficiarios del ingreso mínimo vital o la renta de inserción.

Regulación dispar

Desde la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) han reclamado la reforma de la ley tras constatar «enormes diferencias» entre unos ayuntamientos y otros.

Según su secretario general, Luis Martínez-Sicluna, la tasa provoca que algunos ayuntamientos se basen «en el consumo de agua por vivienda, otros en la referencia catastral o incluso en el número de residentes».

«Se trata de una regulación muy dispar que hace que al final sea cada ayuntamiento el que decida determinar el criterio a partir del cual define su tasa», ha señalado.

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