Llaves de una vivienda
Cómo añadir el alquiler en la declaración de la Renta 2024-2025: ¿en qué comunidades se puede deducir?
Muchos contribuyentes que han optado por alquilar una vivienda para vivir en lugar de comprar cuando llega el momento de presentar la Declaración de la Renta se preguntan si se pueden descontar los pagos del alquiler. La respuesta es sí, pero siempre va a depender de la Comunidad Autónoma en la que vivas. Y es que la deducción a nivel estatal se suprimió en 2015, aunque aún puede aplicarse en la Declaración de la Renta para aquellos contribuyentes que cumplan con los siguientes requisitos:
Has celebrado un contrato de arrendamiento con anterioridad a 1 de enero de 2015 y has satisfecho, con anterioridad a dicha fecha, cantidades por el alquiler de tu vivienda habitual.Has tenido derecho a la deducción por alquiler de la vivienda habitual en relación con las cantidades satisfechas por el alquiler de dicha vivienda en un período impositivo devengado con anterioridad a 1 de enero de 2015.
Podrás deducir el 10,05 % de las cantidades satisfechas en el período impositivo por el alquiler de tu vivienda habitual, siempre que los ingresos sean inferiores a 24.107,20 € anuales y, sin perjuicio de la deducción por alquiler de vivienda habitual que, en su caso, para cada ejercicio, haya aprobado tu Comunidad Autónoma.
Andalucía
En esta Comunidad te podrás deducir el 15 % de lo que hayas pagado en alquiler durante el año hasta un límite máximo de 600 euros, con carácter general o de 900 euros en el caso de personas con discapacidad.
Esta deducción es aplicable a los menores de 35 años; a los mayores de 65 años; a las personas con discapacidad igual o superior al 33 %; y a las víctimas de género o terrorismo.
Además de estar en alguno de los grupos anteriores, hay ciertos límites de ingresos que debes cumplir para poder aplicar esta deducción:
Si haces la declaración solo. No puedes ganar más de 25.000 euros al año.Si la haces conjunta el límite es de 30.000 euros anuales.
Es importante que el propietario del piso haya depositado la fianza del alquiler en la Junta de Andalucía.
Asturias
La deducción es del 10 % hasta un máximo de 500 euros, de manera general. Y del 30 % hasta 1.500 euros, si la vivienda está en un municipio en riesgo de despoblación y si eres menor de 35 años, familia numerosa, familia monoparental o víctima de violencia de género.
Ya no se exige que el alquiler supere el 10 % de los ingresos para aplicar la deducción, pero hay una serie de requisitos que hay que cumplir:
Vivir en la vivienda y estar en el contrato de alquiler.Los ingresos no deben superar los 35.000 euros, si la declaración es individual, o los 45.000 euros si es una declaración conjunta. Si varias personas pueden aplicar la deducción por la misma vivienda, el importe máximo se divide entre ellas.
Islas Baleares
En Baleares se pueden deducir el 15 % de los gastos satisfechos con límite de 400 euros aquellas personas que vivan de alquiler a causa de cambiar de isla por motivos laborales.
Los requisitos que hay que cumplir son:
Que se trate de un alquiler destinado a vivienda habitual del inquilino. Que se haya constituido el depósito de la fianza. Que la suma de las bases no sea superior a 33.000 euros en tributación individual o 52.800 euros en conjunta. Que el inquilino identifique al casero en la declaración de la renta. Que el contribuyente pueda justificar con documentos el gasto. Que el traslado temporal no supere los tres años de duración.
Hay una nueva deducción que está destinada a aquellos que trabajan en las islas en una plaza declarada de difícil cobertura y residen en la comunidad autónomas durante todo el ejercicio fiscal. Esta cubre también gastos de vivienda y transporte en determinados casos.
Los requisitos son:
Ocupar una plaza declarada de difícil cobertura y residir en Baleares. Aplicable a quienes perciben complemento por difícil cobertura o pertenecen a la Policía Nacional o GuardiaCivil con destino en Baleares.Si la deducción es por compra o construcción de vivienda, el inmueble debe ser la vivienda habitual del contribuyente.Si un contribuyente trabaja en varias islas, los límites de la deducción se prorratean.
Islas Canarias
Aquellas personas que vivan de alquiler en Canarias, pueden deducirse hasta el 24 % del dinero que pagan por la vivienda en la declaración de la renta. El límite máximo es de 740 euros anuales, y si se tiene menos de 40 años o más de 75 años, el tope sube a 760 euros.
No se puede haber ingresado más de 45.500 euros al año, y si la declaración se hace conjunta el límite sube 15.000 euros más hasta los 60.000 euros. Además, se debe gastar más del 10 % de los ingresos en el alquiler. Si se reciben subvenciones para el alquiler, ese dinero no cuenta como gasto.
Es necesario incluir en la declaración el NIF del casero, la referencia catastral de la vivienda y el importe del alquiler anual.
Cantabria
Quien alquile una casa en Cantabria pueden deducirse hasta un 10 % del alquiler, con un máximo de 300 euros anuales en tributación individual y 600 euros en tributación conjunta, siendo preciso para ello que, al menos, uno de los declarantes cumpla con los requisitos exigidos para la aplicación de la deducción.
Para ello es necesario cumplir los siguientes requisitos:
Tener menos de 36 años cumplidos, 65 o más, o ser persona con un grado de discapacidad igual o superior al 65 %. Las cantidades para pagar el alquiler no pueden superar el 10 % de lo que gane el contribuyente. Hay que guardar las facturas y recibos de pagos. No valen las entregas de dinero efectivo.
Esta deducción no es compatible con la de por contratos de arrendamiento o de viviendas situadas en zonas de Cantabria en riesgo de despoblamiento y que constituyan o vayan a constituir la vivienda habitual del arrendatario. En este caso, para que el arrendatario pueda acceder a este beneficio, la vivienda alquilada debe ser o va a ser su residencia principal.
En este caso, el arrendatario podrá deducirse el 20 % de las cantidades satisfechas por el alquiler, con límite en 600 euros en la tributación individual y 1.200 euros en la conjunta.
Se deben cumplir los siguientes requisitos:
Que la vivienda esté situada en zona rural en riesgo de despoblación y sea su residencia habitual.No ganar más de 22.946 euros si se hace la declaración individual o 31.485 euros en el caso de la conjunta.Justificar las cantidades con facturas o recibos pagados mediante tarjeta de crédito o débito, transferenciabancaria, cheque nominativo o ingreso en cuentas en entidades de crédito al arrendador de la vivienda. Enningún caso valdrán los pagos en efectivo.
Castilla-La Mancha
Existen distintos tipos de deducciones. Por un lado esta para el arrendamiento de vivienda habitual para los menores de 36 años.
En este caso se podrá deducir el 15 % de lo gastado en el alquiler durante el año con un límite de 450 euros. El 20 % de lo gastado en el alquiler durante el año en el caso de vivir en una población inferior a 2.500 habitantes, a lugares que tengan entre 2.500 y 10.000 habitantes, siempre que estén a más de 30 kilómetros de distancia de un municipio superior a 50.000 habitantes. El límite máximo en estos casos es de 612 euros.
Los requisitos a seguir son:
Vivir en Castilla La Mancha y tener menos de 36 años.No ganar más de 12.500 euros si se hace la declaración individual, o 25.000 euros si se hace la declaración conjunta.Es necesario el número de identificación fiscal del casero para consignarlo en la liquidación del IRPF.
También existen deducciones por arrendamiento de vivienda habitual por familias numerosas. En este caso, una familia se puede deducir el 15 % de los gastado en el alquiler con un límite máximo de 450 euros.
Se exige:
No ganar más de 12.500 euros si se hace la declaración individual, o 25.000 euros si se hace la declaración conjunta. Es necesario el número de identificación fiscal del casero para consignarlo en la liquidación del IRPF.Tiene que ser la vivienda habitual.La cantidad máxima que se puede deducir por el alquiler se ajustará proporcionalmente al número de días durante los cuales el contrato de alquiler esté activo dentro del año fiscal.Si hay más de un contribuyente que puede aplicar esta deducción por la misma vivienda –como en el caso decompañeros de piso–, el límite máximo de deducción se dividirá equitativamente entre ellos.
Un tercer caso es el de las familias monoparentales, que se podrá deducir el 15 % de lo gastado en el alquiler con un límite máximo de 450 euros.
Los requisitos a seguir son:
Vivir en Castilla La Mancha.Ser familia monoparental de forma oficial.No ganar más de 12.500 euros si se hace la declaración individual, o 25.000 euros si se hace la declaración conjunta.Es necesario el número de identificación fiscal del casero para consignarlo en la liquidación del IRPF.El contribuyente tiene que ser el padre o la madre que integra la familia monoparental.Tiene que ser su vivienda habitual.Si hay más de un contribuyente que puede aplicar esta deducción por la misma vivienda, el límite máximo deducción se dividirá equitativamente entre ellos.
Por último existe la deducción por arrendamiento de vivienda habitual por personas con discapacidad. Como en los otros casos se podrán deducir el 15 % de lo gastado en el alquiler con un límite máximo de 450 euros.
Los requisitos exigidos son:
Vivir en Castilla La Mancha.Tener un grado de discapacidad del 65 % o superior.No ganar más de 12.500 euros si se hace la declaración individual, o 25.000 euros si se hace la declaración conjunta.Es necesario el número de identificación fiscal del casero para consignarlo en la liquidación del IRPF.Tiene que ser su vivienda habitual.Si hay más de un contribuyente que puede aplicar esta deducción por la misma vivienda, el límite máximo deducción se dividirá equitativamente entre ellos.
Castilla y León
Esta región tiene una deducción destinada a los jóvenes que viven de alquiler. Se pueden deducir el 20 % de lo que pagan por el alquiler, hasta un máximo de 459 euros al año. Si viven en un pueblo pequeño, esta sube al 25 % de lo pagado, con un tope de 612 euros al año.
Se pueden acoger a ello los que tengan menos de 36 años al finalizar el año. Además, los ingresos no pueden superar los 18.900 euros al año si se hace la declaración individual, o 31.500 en el caso de hacerla con alguien más.
Cataluña
En Cataluña la deducción alquiler de la vivienda habitual es del 10 % de las cantidades satisfechas. El límite máximo será de 300 euros anuales, siempre que se cumplan los requisitos; 600 euros anuales, si el contribuyente al llegar el 31 de diciembre forma parte de una familia numerosa y se cumplen ciertos requisitos específicos se pueden deducir el 10 % de las cantidades satisfechas por alquiler de la vivienda habitual los que tuvieran 32 años o menos el 31 de diciembre de 2024.
El contribuyente tiene que reunir los siguientes requisitos:
Tener 32 o menos años de edad a 31 de diciembre de 2024.Haber estado en paro durante 183 días o más durante el ejercicio. Tener un grado de discapacidad igual o superior al 65 %. Ser viudo o viuda y tener 65 años o más. Que la suma de las bases imponibles general y del ahorro del contribuyente menos el mínimo personal y familiar no supere 20.000 euros anuales.Que las cantidades satisfechas en concepto de alquiler excedan el 10 % de los rendimientos netos delcontribuyente.Si varios contribuyentes pueden deducir por la misma vivienda, deben repartir la deducción de 600 euros o el 10% del gasto total entre ellos, sin superar ese límite.
Esta deducción se aplica una sola vez por persona, aunque se cumplan varios requisitos.
Extremadura
Esta deducción se aplica al alquiler de la vivienda habitual, fomentando el arrendamiento tanto en zonas urbanas como rurales dentro de Extremadura.
Se puede deducir el 30 % de lo pagado por el alquiler de la vivienda habitual, hasta un máximo de 1.000 euros anuales. Si la vivienda está en una zona rural –población inferior a 3.000 habitantes–, la deducción aumenta al 30% del alquiler, con un límite de 1.500 euros anuales.
Se exige:
Tener menos de 36 años, formar parte de una familia numerosa, ser un ascendiente separado con dos hijos sin pensiones alimenticias, o tener una discapacidad reconocida del 65 % o más.El arrendamiento debe referirse a la vivienda habitual en Extremadura.No se puede aplicar esta deducción si se tiene derecho a deducciones por inversión en vivienda habitual o si seposee otra vivienda a menos de 75 km.Los ingresos no deben superar los 28.000 euros en tributación individual o 45.000 euros en tributaciónconjunta, con excepciones para residentes de municipios pequeños, familias numerosas y ascendientes separados con dos hijos sin pensiones alimenticias.En caso de que varios contribuyentes puedan aplicar la deducción por la misma vivienda, el total deducible sedivide equitativamente entre ellos.
Galicia
El inquilino se puede deducir el 10 % de lo gastado en el alquiler de la vivienda habitual durante un año y el límite de la deducción es de 300 euros. En el caso de tener dos o más hijos menores de edad, la deducción asciende al 20 % y el límite a los 600 euros. Si el arrendatario tiene un grado de discapacidad de 33% o más. Las cantidades a deducir se duplican, y también los límites.
Los requisitos a seguir son:
Tener 35 años o menos.Que la fecha del contrato del alquiler sea posterior al 1 de enero de 2003.Haber depositado la fianza en el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo.Que la base imponible total menos el mínimo familiar no sea superior a 22.000 euros tanto en tributaciónindividual como en conjunta.
Madrid
En la Comunidad de Madrid los inquilinos podrán desgravarse el 30 % de las cantidades satisfechas por el arrendamiento de la vivienda habitual. Siendo el límite máximo 1.237,20 euros, tanto en tributación individual como en conjunta.
Los requisitos a seguir son:
Tener menos de 40 años. La suma de las bases imponibles general y del ahorro no podrá superar: 26.414,22 euros en tributación individual o 37.322,20 euros en tributación conjunta.Las cantidades abonadas por el arrendamiento deben superar el 20 % de la mencionada suma de bases.Se debe poseer una copia del resguardo del depósito de la fianza en la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid formalizado por el arrendador o copia de la denuncia presentada ante dicho organismo por no haberles entregado dicho justificante el arrendador.
Murcia
En la Región de Murcia se puede deducir el 10 % del alquiler, con un máximo de 300 euros al año, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos:
Tener menos de 40 años, ser parte de una familia numerosa, o tener una discapacidad igual o superior al 65 %.El alquiler debe ser de tu vivienda habitual y estar en la Región de Murcia. Tener un contrato de alquiler registrado en el ITP y AJD. Los ingresos y los de tu familia deben ser inferiores a 40.000 euros. No tener otra vivienda en propiedad ni aplicar la deducción por compra de vivienda.
Comunidad Valenciana
En la Comunidad Valenciana se puede deducir el 10 % del alquiler, hasta un máximo de 800 euros al año. Un 25 % en el caso de tener 35 años o menos, tener alguna discapacidad –física del 65 % o superior; o psíquica del 33 % o superior–, o ser víctima de violencia de género, hasta 950 euros al año. Un 30 % si se cumplen dos o más de estas condiciones especiales, hasta 1.100 euros al año.
Los requisitos a seguir son:
El contrato de alquiler debe ser posterior al 23 de abril de 1998 y tener una duración mínima de un año.Debe ser la residencia habitual y efectiva. No se debe poseer ni tener derecho a usar otra vivienda cercana –menos de 50 kilómetros– a menos que nopuedas usarla por razones legales.No se puede reclamar esta deducción si ya aplicas otra por inversión en vivienda habitual.Los ingresos no deben superar los 30.000 euros en individual o 47.000 euros en conjuntaA partir del 1 de enero de 2024, sise está casado en régimen de gananciales y se paga el alquiler con dinero de la pareja –bienes comunes–, da igual a nombre de quién esté el contrato. Ambos cónyuges pueden beneficiarse de las reducciones fiscales aplicables al alquiler.