
Una mujer trabaja en la Agencia Tributaria para presentar la declaración
¿Estás obligado a hacer la declaración de la Renta? El mínimo que debes tener en cuenta
Tras la subida del Salario Mínimo Interprofesional a 1.184 euros en 14 pagas, este año se eleva ese límite que nos hace no tener la obligación de declarar
Con la llegada de la campaña de la Renta 2024-2025, son muchos los contribuyentes que se preguntan si están obligados a presentar la declaración. No todos los ciudadanos tienen que hacerlo, pero conocer los mínimos exigidos por la Agencia Tributaria puede evitar problemas o incluso ayudar a recuperar dinero en forma de devolución.
En términos generales, no será necesario declarar si se ha trabajado para un solo pagador y los ingresos brutos no superan los 22.000 euros anuales. Sin embargo, esta exención cambia si se ha cobrado de más de un pagador. En ese caso, si la suma del segundo y restantes supera los 1.500 euros, el umbral desciende hasta los 15.876 euros anuales, lo que puede sorprender a muchos asalariados con empleos temporales o cambios de empresa durante el año fiscal.
Los autónomos, por su parte, están obligados a declarar sin importar sus ingresos. Lo mismo ocurre con los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV), que deben presentar la declaración tanto ellos como las personas que forman parte de su unidad de convivencia, aunque no tengan que pagar. Este trámite es necesario para mantener el derecho a la ayuda.
Una novedad importante
Por otro lado, una de las novedades más importantes este año es la obligatoriedad de presentar la Renta para las personas desempleadas que reciben prestaciones. Hasta ahora, muchos no estaban obligados por el bajo importe recibido, pero en esta campaña, el Ministerio de Trabajo ha advertido que no presentar la declaración podrá suponer la suspensión del subsidio.
Además, también están obligadas las personas que hayan percibido rendimientos del capital mobiliario o ganancias patrimoniales superiores a 1.600 euros anuales. En algunos casos, aun sin obligación legal, puede resultar conveniente hacer la declaración. Quienes hayan tenido retenciones o derecho a deducciones —como por vivienda habitual o hijos a cargo— pueden recibir una devolución del IRPF.
La campaña de la Renta se inició el 2 de abril y finaliza el 30 de junio. La presentación puede hacerse por internet, por teléfono o de forma presencial con cita previa. En un contexto con novedades y excepciones, lo más recomendable es revisar bien la situación personal o acudir a un asesor que confirme si existe obligación o si, aunque no la haya, conviene declarar.