
La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz.
Díaz maniata a las empresas con un registro de horario que presupone la veracidad del trabajador
El Ministerio de Trabajo impone un sistema digital obligatorio que expone a las pymes a sanciones y limita su margen de gestión interna
La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, maniobra para salvar la reducción de jornada imponiendo por decreto un sistema de registro que deja en manos de los trabajadores la veracidad de su cumplimiento y convierte a los sindicatos en supervisores permanentes. Se trata de un claro ataque a las empresas, que asumen toda la responsabilidad jurídica sin apenas margen de maniobra.
La tramitación de la ley de reducción de jornada sigue encallada en el Congreso. Junts no da su brazo a torcer y el Gobierno, según fuentes parlamentarias, asume que la iniciativa podría no ver la luz en esta legislatura. Ante ese escenario, Díaz ha activado una vía paralela: endurecer el control horario a través de un Real Decreto que reconfigura de facto las condiciones laborales sin necesidad de la aprobación parlamentaria.
«Se dicta un Real Decreto y se aplica», zanjó la vicepresidenta en una entrevista en La Sexta. En su opinión, la clave de la oposición no está en la jornada, sino en el registro: «La razón fundamental de los opositores de la reducción de jornada no es la reducción, sino el control del registro horario».
«El proyecto de ley atribuye al trabajador la responsabilidad de registrar su jornada, dotando a estos registros de una presunción de veracidad, salvo prueba de lo contrario», explica Salvador Fernández, director de Legal y Nóminas en PayFit España. En caso de conflicto, la empresa tendrá que aportar pruebas que demuestren una discordancia o un uso indebido del sistema. No obstante, si se acredita que el trabajador ha manipulado o falseado los datos de forma intencionada, «la empresa podría iniciar un procedimiento disciplinario conforme al régimen sancionador establecido en el Estatuto de los Trabajadores y el propio convenio colectivo aplicable», advierte este experto.
Es decir, la empresa no tiene ya capacidad directa para intervenir ni corregir los registros en tiempo real, pero sí asume la responsabilidad en caso de conflicto. La veracidad se presume del lado del trabajador, como apuntaba recientemente la consejera de Empleo de la Junta de Andalucía, Rocío Blanco.
El proyecto de ley para la reducción de jornada incluye un nuevo 34 bis que especifica que los representantes de los trabajadores y la Inspección de Trabajo tendrán acceso inmediato y remoto al sistema de registro. Este deberá garantizar la identificación inequívoca del trabajador, la trazabilidad de los datos y su conservación durante cuatro años. Todo ello en formato interoperable y legible.
«La empresa será responsable de acreditar el cumplimiento de los requisitos previstos en este artículo», establece el texto. A falta de registro fiable, se presume la versión del trabajador: si no hay constancia objetiva, el contrato a tiempo parcial se presume a jornada completa, y todo lo reflejado en el sistema se considerará tiempo de trabajo efectivo.
Alternativas
La obligatoriedad de implantar sistemas digitales afecta de forma especial al tejido productivo más débil. «En aquellos casos donde la implantación tecnológica suponga una carga desproporcionada, la normativa debería contemplar alternativas proporcionalmente adecuadas», advierte Fernández. Sin embargo, el decreto no introduce excepciones explícitas.
Desde el Ministerio se menciona la existencia de herramientas de bajo coste, pero su otra cuestión es su aplicación práctica. El resultado es que miles de microempresas quedan expuestas a un sistema sancionador sin capacidad real de cumplir la norma en sus términos exactos.
Palanca política
Lejos de ser una regulación instrumental, el nuevo decreto se convierte en palanca política. A través del registro horario, el Ministerio de Trabajo avanza en el control del tiempo laboral sin necesidad de aprobar la reducción de jornada. «La utilización del Real Decreto para endurecer los requisitos del registro horario es legal y está amparada por la facultad del Gobierno para dictar normas con rango de ley en casos de extraordinaria y urgente necesidad», explica Fernández. «No obstante, cualquier modificación debe respetar los principios constitucionales y el equilibrio entre los derechos de empresa y trabajadores, así como el trámite parlamentario posterior para su convalidación», añade.
La maniobra es de tal falta de decoro que el Partido Popular presentó una batería de preguntas en el Congreso en las que exige al Gobierno que responda si considera «respetuoso» con el poder legislativo «anunciar la aprobación de un Real Decreto que cercena un proyecto de ley en tramitación en las Cortes». «¿El citado anuncio de Real Decreto es fruto del diálogo social? ¿Estamos ante una nueva forma de diálogo social desconocida hasta ahora? ¿Cómo califica el Gobierno esta novedosa forma de diálogo? ¿Le han trasladado el contenido del Real Decreto anunciado a sindicatos y patronal?», agregaba el documento de la formación popular.