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Dos personas en un viaje del Imserso

Dos personas en un viaje del ImsersoEuropa Press

Viajes del Imserso

¿Puedo apuntarme a un viaje del Imserso aunque no esté jubilado?

El Instituto de Mayores y Servicios Sociales impulsa cada año su Programa de Turismo Social con el objetivo de promover el envejecimiento activo

El pasado lunes, 6 de octubre, comenzó la venta para la temporadas 2025/2026 del Programa de Turismo Social promovido cada año por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso). Desde el pasado 11 de septiembre, el Instituto envió durante el mes un total de 2,8 millones de cartas a las 4,3 millones de personas acreditadas para poder viajar con el nuevo programa, que contará con 879.213 plazas, junto con varias novedades, como la tarifa plana de 50 euros para pensiones más bajas y los viajes con mascotas.

Estos viajes tienen como objetivo promover el envejecimiento activo y la convivencia entre personas mayores pero, ¿solo pueden apuntarse pensionistas jubilados? La respuesta es que no: existen ciertas excepciones que permiten acceder aunque no se reciba esta prestación.

¿Quién puede apuntarse al Imserso?

Podrán acceder al Programa de Turismo del Imserso las personas que vivan en España y reúnan al menos una de las siguientes condiciones:

  • Ser pensionista por jubilación dentro del sistema de la Seguridad Social española.
  • Ser pensionista de viudedad y tener 55 años o más.
  • Ser beneficiario de una pensión por otros motivos —como incapacidad permanente o prestación contributiva—, o estar cobrando un subsidio de desempleo, siempre que se tengan 60 años o más.
  • Ser titular o beneficiario del sistema de la Seguridad Social española y contar con 65 años o más.

Pero, además, pueden acudir a estos viajes las siguientes personas:

  • Cónyuges o parejas de hecho: el Imserso permite que la persona beneficiaria participe en los viajes junto a su cónyuge o pareja de hecho, aunque esta no cumpla los requisitos de edad o pensión.
  • Españoles residentes en el extranjero: pueden inscribirse en el programa siempre que cumplan alguna de las condiciones exigidas, incluso si viven fuera de España.
  • Emigrantes retornados: los españoles que residieron en el extranjero y han regresado al país también pueden participar, siempre que sean pensionistas de los sistemas públicos de seguridad social del país donde trabajaron.
  • Hijos con discapacidad: los hijos o hijas con un grado de discapacidad igual o superior al 45 % pueden acompañar a sus padres en el viaje, compartiendo habitación con ellos o abonando un suplemento si prefieren una habitación individual.

Para acreditar que se cumplen los requisitos, será necesario presentar una declaración responsable ante el Imserso, ya sea a través de su Sede Electrónica o de forma presencial. Por otro lado, los pensionistas deberán presentar su número de la Seguridad Social y su DNI y los acompañantes deberán constar como pareja o cónyuge en la solicitud.

No se aceptarán solicitudes de personas que no estén incluidas en los colectivos anteriormente mencionados y que no acrediten su residencia en España o su pensión reconocida en el extranjero.

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