Varias personas son atendidas en la Agencia Tributaria para presentar la declaración
Declaración de la Renta 2025-2026
Cómo reclamar a Hacienda si no te ha devuelto el dinero de la declaración de la Renta
Para evitar que el expediente quede paralizado indefinidamente, el ciudadano debe monitorizar de forma activa el estado de su declaración
De cara al próximo año, cuando se gestione la devolución del ejercicio fiscal 2025, resulta vital conocer los mecanismos de defensa que el ordenamiento jurídico pone a disposición del contribuyente. Aunque la Agencia Tributaria suele agilizar los ingresos, la normativa le otorga un plazo de seis meses desde el fin de la campaña para efectuar el pago sin penalizaciones.
Dado que el periodo de presentación para la mayoría de los ciudadanos concluirá el 30 de junio de 2026, Hacienda tendrá de margen hasta el 31 de diciembre para devolver el dinero. Superada esa barrera temporal, la administración incurre en mora y debe abonar intereses de demora de forma automática, los cuales se calculan sobre el importe pendiente desde el primer día de enero de 2027.
Para evitar que el expediente quede paralizado indefinidamente, el ciudadano debe monitorizar de forma activa el estado de su declaración a través de la sede electrónica del organismo. El uso de la herramienta VERIFICA será clave durante el próximo ejercicio, pues permitirá solventar discrepancias de datos de manera telemática y evitará que una comprobación rutinaria se convierta en un proceso administrativo de larga duración.
Si el sistema muestra que la declaración está siendo comprobada, suele deberse a un cruce de datos fallido, por lo que responder a los requerimientos de información con rapidez es el método más efectivo para desbloquear la transferencia y no perder el derecho al cobro de los intereses acumulados.
Intereses de demora a tu favor
En el escenario de que el retraso persista sin una causa justificada, la presentación de una solicitud de devolución de ingresos indebidos o un escrito de rectificación de la autoliquidación se presenta como la vía formal para reclamar. En este documento se debe hacer constar que el plazo reglamentario ha vencido y que no existen deudas pendientes con otros entes públicos que motiven la retención del saldo.
Planificar estas acciones de cara al cierre de 2026 garantiza que el contribuyente no solo recupere su dinero, sino que reciba la compensación económica por el tiempo que la administración ha retenido sus fondos más allá de lo permitido por la ley.