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La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz.Europa Press

El blindaje del SMI elevará el coste laboral de las empresas hasta los 3.800 millones al año

Trabajo estima que 2,5 millones de empleados podrían ganar entre un 3,5 % y un 8,5 % tras excluir incentivos, nocturnidad o antigüedad del cálculo de compensación

El Ministerio de Trabajo ha iniciado la transposición de la directiva europea sobre salarios mínimos con una modificación de las reglas de compensación y absorción. El departamento que dirige Yolanda Díaz prepara un real decreto que impedirá a las empresas descontar determinados complementos salariales en la subida del SMI. Es decir, pluses como la nocturnidad o la antigüedad deberán pagarse aparte. Esta modificación tendrá un impacto de hasta 3.800 millones de euros anuales para las empresas.

Trabajo calcula que cerca de 2,5 millones de trabajadores podrían beneficiarse de la modificación, con una ganancia salarial bruta media de entre el 3,5 % y el 8,5 %. Esto supondría un incremento anual de la masa salarial de entre 1.100 y 2.800 millones de euros. Si se añaden las cotizaciones sociales a cargo de la empresa –estimadas en torno al 32 %–, el coste total adicional para el tejido empresarial se situaría en un rango de entre 1.500 y 3.800 millones de euros anuales.

El propio Ministerio matiza que se trata de un «rango orientativo de impacto máximo», ya que no incorpora posibles ajustes derivados de la negociación colectiva ni eventuales cambios en la estructura retributiva de las empresas.

El sistema de complementos había permitido tradicionalmente a las empresas absorber las subidas del SMI cuando el salario total del trabajador, en cómputo anual, ya superaba el mínimo legal. Hasta ahora, si un empleado percibía una retribución global superior al SMI gracias a la suma de salario base y complementos, la empresa podía entender compensada la subida.

Con el nuevo texto, quedarán excluidos del cálculo de compensación y absorción los pluses de nocturnidad, toxicidad, penosidad, peligrosidad, turnicidad o disponibilidad; los complementos vinculados a características personales del trabajador –como antigüedad, formación o residencia–; y los ligados a la cantidad o calidad del trabajo, como incentivos, primas de productividad o comisiones. También quedarán fuera aquellos complementos que los convenios colectivos declaren expresamente no compensables.

En la práctica, esto supone que el SMI deberá abonarse como cuantía base y añadirse a esos conceptos. Es decir, el salario mínimo operará como un suelo real sobre el que se sumarán los complementos, en lugar de integrarse en el cómputo global. No se tendrán en cuenta, en todo caso, las percepciones extrasalariales para determinar si procede la compensación.

Trabajo señala además que determinados trabajadores con salarios superiores al SMI podrían experimentar también incrementos si en años anteriores habían visto absorbidos complementos ahora excluidos del cómputo, aunque reconoce que la cuantificación precisa de este impacto adicional «resulta inviable» con la información disponible.

Para justificar su decisión, el Ministerio se basa en los datos del Observatorio de Márgenes Empresariales del Banco de España y la Agencia Tributaria, que se sitúan en máximos históricos para todos los tamaños de empresa.

Trabajo considera que esta situación permitirá asumir el incremento salarial sin un deterioro significativo de la actividad, con un eventual impacto positivo en el consumo de los hogares y en el PIB, en línea –sostiene– con lo ocurrido tras las subidas del SMI de los últimos años.

Plan de acción

La reforma forma parte de la transposición de la directiva europea de salarios mínimos y había sido comprometida con CCOO y UGT en el último acuerdo de subida del SMI, que contó con la oposición de la CEOE.

El real decreto incorpora también la obligación de calcular anualmente la tasa de cobertura de la negociación colectiva. Si ésta descendiera por debajo del 80 %, el Ministerio debería aprobar un plan de acción para reforzarla y comunicarlo a la Comisión Europea.

Además, el texto da rango normativo a la Comisión asesora para el análisis del salario mínimo interprofesional, cuyo informe será preceptivo antes de fijar o revisar el SMI y deberá evaluar su adecuación al objetivo del 60 % del salario medio neto.