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Dos personas se quedan con el piso en el que estaban de inquilinos

Dos personas se quedan con el piso en el que estaban de inquilinosGetty Images/iStockphoto

Vivienda

¿Puede un inquilino quedarse con la vivienda tras la muerte del propietario? Así es la usucapión

Esta vía legal viene regulada en el Código Civil en el artículo 609, y más en detalle en el 1930 y posteriores

La forma tradicional en la que un inquilino podía adquirir una vivienda desde siempre se ha tratado de la compraventa del mismo. No obstante, existe también una manera que no muchos conocen, pero que se trata de otra vía legal para quedarse definitivamente con un inmueble: la usucapión.

Definido brevemente, la usucapión (o prescripción adquisitiva) en España es una forma de adquirir la propiedad de un bien a través de la posesión continuada del mismo. Viene regulada en el Código Civil en el artículo 609 y, más en detalle, en el 1930 y posteriores.

En este sentido, si un propietario descuida el bien inmueble, otra persona podría adquirir esa vivienda de manera legal. Sin embargo, no cualquiera puede reclamar la propiedad, ya que se deben cumplir una serie de requisitos específicos que se recogen precisamente en el Código Civil.

Condiciones para la usucapión

En primer lugar, el cuerpo legal habla de posesión continua y pacífica. Esto quiere decir que los arrendatarios deben haber poseído el inmueble durante un tiempo determinado de manera clara y sin conflictos de por medio. Por otro lado, dicha posesión debe ser de buena fe durante, como mínimo, 10 años. Si se considera que es de mala fe, el plazo exigido se alarga hasta los 30 años (usucapión extraordinaria).

Además, para reclamar la vivienda es necesario haberse comportado como el propietario de la misma. Esto quiere decir que se habrán tenido que efectuar, por ejemplo, reparaciones o el pago de impuestos como el IBI. Finalmente, cabe destacar que, durante ese tiempo, el propietario nunca debería haber intentado recuperar la vivienda mediante acciones legales.

¿Y si el propietario fallece?

En el hipotético caso de que el propietario fallezca sin herederos, o si los tiene pero estos se desentienden del bien, también se podría dar un caso de usucapión en vivienda. Eso sí, será necesario cumplir los requisitos anteriores e iniciar un procedimiento para reclamar el inmueble.

Por lo tanto, cabe resaltar que efectivamente es necesario acudir a un tribunal para que el derecho sobre el inmueble sea reconocido de manera legal. Cumplir todos los requisitos será imprescindible para que la usucapión sea formalizada a través de esta vía.

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