Fachada de la sede de Endesa en Madrid.
Competencia multa con 320.000 euros a Endesa por generar confusión entre sus marcas
Una de sus filiales empleó denominaciones y elementos que dificultaron a los consumidores su identificación en los contactos telefónicos y los documentos contractuales
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado Energía XXI Comercializadora de Referencia, S. L. U., perteneciente al Grupo Endesa, por incumplir las exigencias que permiten identificar sin que haya confusiones con la información de su marca.
La CNMC detectó varios incumplimientos en una inspección que realizó a Energía XXI para supervisar las obligaciones de separación e identificación de las actividades de las comercializadoras de referencia, previstas en el Ley 24/2013 del Sector Eléctrico.
La sociedad dificultó su identificación clara e inequívoca como comercializadora de referencia. En contactos telefónicos con clientes, utilizó denominaciones sociales o nombres comerciales referidos a empresas distintas de Energía XXI. Además, en documentos contractuales enviados a sus clientes, empleó elementos identificativos de la marca del grupo Endesa (asociada a la comercializadora libre).
Esto, según asegura la CNMC en un comunicado, «generó confusión en el consumidor y puso en riesgo la libertad de elección del tipo de contrato entre la tarifa regulada y el mercado libre».
La normativa exige a las comercializadoras de referencia mantener una imagen y una comunicación con los clientes claramente diferenciada respecto de las comercializadoras de su mismo grupo que operan en el mercado libre, evitando cualquier elemento que pueda generar confusión sobre su identidad.
Estas obligaciones buscan proteger la capacidad de los consumidores para distinguir entre las comercializadoras de cada mercado (libre y regulado) y preservar la competencia.
La multa ascendía a 400.000 euros por una infracción grave de la Ley del Sector Eléctrico. Pero la cuantía final disminuyó hasta los 320.000 euros tras aplicarse la reducción del 20 % para los supuestos de pago voluntario prevista en la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.