El nuevo impuesto de basuras ha generado controversia entre inquilinos y propietarios
Consultorio inmobiliario
¿A quién le corresponde pagar la nueva tasa de basuras, al inquilino o al propietario?
Víctor Ortiz y Miguel Gutiérrez, abogados y expertos inmobiliarios, explican las opciones que tiene un propietario para el pago de la nueva tasa de basuras
El Debate ofrece un servicio de asesoramiento inmobiliario de la mano de los expertos Víctor Ortiz y Miguel Gutiérrez. Los lectores pueden enviar sus preguntas a través del formulario insertado bajo estas líneas.
— ¿A quién le corresponde pagar la nueva tasa de basuras, al inquilino o al propietario?
Con la entrada en vigor de la nueva tasa de residuos en numerosos municipios españoles, muchos ciudadanos se preguntan quién debe hacerse cargo de este nuevo coste cuando el inmueble está alquilado.
La respuesta no es única y depende de varios factores: la ordenanza municipal aprobada por el ayuntamiento correspondiente, el tipo de inmueble (vivienda o local) y lo que se haya establecido en el contrato de arrendamiento.
La tasa de residuos es un tributo municipal que grava la prestación del servicio de recogida y tratamiento de residuos urbanos
La tasa de residuos es un tributo municipal que grava la prestación del servicio de recogida y tratamiento de residuos urbanos. Aunque el Ayuntamiento suele emitir el recibo a nombre del propietario del inmueble, la ordenanza puede permitir que este repercuta el coste al inquilino.
En otras palabras: el propietario es el responsable ante la Administración, pero puede trasladar el gasto al arrendatario.
Es fundamental determinar si el municipio ya contaba con una tasa de basuras o si se trata de una tasa completamente nueva, ya que esto influye directamente en quién debe pagarla.
Por ejemplo, si la tasa es nueva en ese municipio y el contrato de alquiler es anterior a su aprobación, el propietario podrá repercutirla al inquilino por ser este el beneficiario del servicio.
Si la tasa es nueva en ese municipio y el contrato de alquiler es anterior a su aprobación, el propietario podrá repercutirla al inquilino
En cambio, si el contrato se ha firmado recientemente (después de la aprobación de la nueva tasa) y no incluye mención alguna a la tasa de basuras, no podrá repercutirse al arrendatario.
Cuando se trata de locales u oficinas, la situación cambia. En este tipo de arrendamientos, los contratos suelen incluir cláusulas más amplias, y es muy habitual que el arrendatario asuma todos los gastos e impuestos derivados del uso del local, incluida la tasa de basuras.
En definitiva, la obligación de pagar la nueva tasa de residuos dependerá de la ordenanza municipal, la fecha del contrato de alquiler y las cláusulas pactadas entre las partes. Por ello, antes de asumir o repercutir el pago, conviene revisar detenidamente tanto el contrato como la ordenanza del municipio correspondiente. Espero haberte ayudado.
Asesores inmobiliarios
Víctor Ortiz es abogado experto en Derecho de Sucesiones e Inmobiliario y perito judicial en valoraciones inmobiliarias. Comenzó su carrera profesional en el Banco Santander en Estados Unidos, donde trabajó durante dos años en banca de inversión. Regresó a España y cofundó la startup inmobiliaria Clicpiso y ahora se dedica a democratizar herencias en Heritae además de invertir en proyectos inmobiliarios.
Miguel Gutiérrez es abogado especializado en asesoría jurídica de sociedades y Ley de Propiedad Horizontal. Comenzó su carrera profesional en un despacho de administración de fincas en Madrid, donde trabajó durante más de dos años como administrador y asesor legal. Actualmente, se dedica a ofrecer sus servicios en Heritae.