(Foto de ARCHIVO) La ministra de Educación, Formación Profesional y Deportes, Pilar Alegría
Educación y sindicatos aprueban el primer borrador de la ley que propone bajar la ratio de alumnos por clase
Establece además que cada alumno con necesidades educativas especiales computará como dos plazas
El grupo de trabajo del Estatuto Docente, en el que se encuentran representados los sindicatos y el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, ha aprobado este jueves el primer borrador del anteproyecto de ley de mejora de las condiciones para el desempeño de la docencia y la enseñanza en el ámbito de la educación no universitaria, y se adoptan otras medidas para la mejora del sistema educativo.
Este documento, aprobado en la tercera reunión del grupo de trabajo y que ahora deberá ser ratificado por la mesa sectorial, recoge una bajada de la ratio de alumnos por clase, según han informado a Europa Press fuentes sindicales.
El anteproyecto de ley, que deberá ser aprobado por el Consejo de Ministros tras su paso por la mesa sectorial, propone rebajar la ratio de alumnos por clase a un máximo de 22 estudiantes en Educación Primaria, etapa en la que la ratio es actualmente de 25, y a 25 en Educación Secundaria Obligatoria, que ahora es de 30.
En la primera reunión con los sindicatos ANPE, CCOO, UGT, CSIF, STES y CIG celebrada a finales de septiembre, el Ministerio presentó un anteproyecto de ley con el que planteaba reducir por ley la ratio en aulas con alumnado con necesidades especiales y en centros docentes situados en zonas de complejidad social.
Dicho documento también preveía una «reducción progresiva general» de los números máximos de alumnado por aula y en aquellos cursos donde se transiciona de educación Primaria a ESO. El Ministerio concretó más esta propuesta en la segunda reunión.
Las ratios alumnado/profesorado establecidas en el anteproyecto de ley serán de aplicación desde el curso escolar 2027/2028 para su aplicación progresiva en el primer curso del segundo ciclo de etapa de Educación Infantil y el primer curso de la etapa de Educación Primaria.
Desde el curso escolar 2028/2029 para su aplicación progresiva en el primer curso de la etapa de Educación Secundaria Obligatoria; desde el curso escolar 2029/2030 para su aplicación progresiva en el primer curso de Bachillerato.
No obstante, la propuesta del Ministerio, que señala que las ratios establecidas con carácter general para cada etapa serán de plena aplicación al comienzo del curso académico 2031/2032, no concreta de cuánto será la reducción de ratio para las etapas de Infantil y de Bachillerato.
En la línea de centrar la reducción de ratios en la atención al alumnado con necesidades educativas especiales, establece que las Administraciones educativas y los centros procurarán una distribución equilibrada del alumnado que requiera una atención educativa diferente a la ordinaria, para garantizar una educación inclusiva, equitativa y de calidad.
Establece además que cada alumno con necesidades educativas especiales computará como dos plazas, a efectos de la determinación de la ratio máxima en aulas ordinarias en las distintas etapas educativas, compensando de esta manera la mayor dedicación necesaria por parte del profesorado.
También con el mismo objetivo de complementar la reducción general de ratios con una atención focalizada, se prevé que el Gobierno establecerá los indicadores de referencia para la determinación de aquellos centros educativos en los que, por escolarizar a un elevado número de alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo, por estar ubicados en zonas de especial complejidad social o para mejorar las tasas de éxito, promoción, titulación y reducir las de abandono escolar, se requiera la adopción de medidas concretas que faciliten una atención específica del alumnado, que podrán incidir en una mayor adaptación tanto de las ratios máximas establecidas como de los medios personales y materiales necesarios.
En el anteproyecto de ley también se contempla fijar un máximo de horas de docencia en aula, que quedarán establecidas desde el próximo curso. Así, quedarían en un máximo de 23 en Primaria y 18 en Secundaria, Bachillerato y resto de enseñanzas. Aunque los periodos lectivos impartidos tengan una duración inferior a 60 minutos tendrán la consideración de hora lectiva.
La norma ordena a las administraciones educativas que provean de los recursos necesarios para garantizar que no se supere el número máximo de alumnos por aula en Primaria y Secundaria.