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Alumnos realizando la PAU en las instalaciones de la Universidad del País Vasco (EHU)

Alumnos realizando la PAU en las instalaciones de la Universidad del País Vasco (EHU)EHU

La EHU desafía la suspensión de los ceros en la prueba de Euskera de la PAU: «Alteran el acceso a la universidad»

Según el recurso, los autos «alteran provisionalmente el régimen jurídico objetivo del acceso a la Universidad» y anticipan «un resultado que ni siquiera una eventual sentencia estimatoria podría acordar»

La Universidad del País Vasco (EHU) ha recurrido los autos que ordenaron no contabilizar o dejar cautelarmente en suspenso los ceros obtenidos por decenas de estudiantes en el examen de euskera de las Pruebas de Acceso a la Universidad (PAU). La institución niega que hubiera «sesgos» en las correcciones o que se vulnerara el anonimato de los alumnos y solicita la revocación de unas resoluciones que considera «contrarios a derecho», con un «elevado déficit de motivación» y sustentadas en un planteamiento «abstracto e hipotético».

Según el recurso, los autos «alteran provisionalmente el régimen jurídico objetivo del acceso a la Universidad» y anticipan «un resultado que ni siquiera una eventual sentencia estimatoria podría acordar». La EHU sostiene que la decisión se apoya en «un juicio indiciario construido sobre inferencias no acreditadas sin atender al interés público presente y los derechos de los terceros aspirantes a los Grados de la EHU».

La universidad argumenta que la medida vulnera el Real Decreto 534/2024, que regula el acceso a las enseñanzas universitarias de grado, las características de la PAU y los procedimientos de admisión. La calificación definitiva se calcula mediante la media de cinco materias, por lo que excluir euskera obliga a recalcularla «en contra del régimen jurídico aplicable».

Aunque la nota obtenida «no impide» a los recurrentes participar en la admisión, la EHU advierte de que suprimirla puede permitirles superar la prueba y situarse por delante de otros candidatos. El propio auto admite que «cabe la posibilidad de que la medida suponga que el recurrente acceda a un determinado grado de plazas limitadas con preferencia a otros aspirantes cuya nota fuera superior de no suspenderse el cómputo».

A juicio de la institución, esta situación «coloca en mejor posición al recurrente frente a aquellos cuya nota de acceso ha sido calculada incluyendo las calificaciones correspondientes a todas las materias de la prueba» y le concede «mayores posibilidades de una mejor posición, en perjuicio de terceros».

La EHU añade que, aun cuando se apreciara alguna causa de invalidez en la corrección, la solución no podría consistir en eliminar una asignatura del cálculo. También rechaza que exista un perjuicio acreditado, porque «no se conocen las notas de corte de las distintas titulaciones, ni el resultado de las adjudicaciones de plazas».

Sobre el anonimato, sostiene que los autos se basan en «inferencias que no aparecen justificadas». Aunque los tribunales pudieran conocer los centros asignados, ello no implica que cada corrector identificara la procedencia de un examen concreto. La universidad afirma que «se ha infringido» en absoluto el anonimato y considera que «carece de toda credibilidad» que los evaluadores dispusieran de esa información.

Finalmente, la EHU denuncia la «inconsistencia del razonamiento» judicial y rechaza «la intervención de sesgos en ningún sentido en las correcciones, ni en las revisiones realizadas sobre las mismas». Tampoco considera probado que los recurrentes recibieran un trato diferenciado o que sus notas respondieran «a un criterio arbitrario o discriminatorio».

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