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26 de abril de 2024

Policía Nacional

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Ley de Seguridad Ciudadana

Las claves de la nueva Ley de Seguridad Ciudadana que desprotege a la Policía y ampara a los manifestantes

No se necesitará pedir permiso para una protesta y se podrán grabar y distribuir imágenes de los agentes

La derogación de la Ley de Seguridad Ciudadana, más conocida como Ley Mordaza, ha generado un clima de polémica a su alrededor. Los motivos son la mayor exposición y vulnerabilidad de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado y la protección adyacente de los manifestantes en las protestas. Pero como toda normativa, existen puntos clave que destacan por sus posibles consecuencias.

Veracidad policial

Uno de los aspectos que se reformarán será la presunción de veracidad de los atestados policiales. En un principio Podemos pidió que los informes careciesen de veracidad policial. Las enmiendas presentadas junto a los socialistas han suavizado este extremo añadiendo que el acta que se extienda gozará de presunción de veracidad de los hechos en ella consignados, «siempre que resulte coherente, lógica y razonable, salvo prueba en contrario».
Aunque la redacción no ampara la intención principal de Podemos, sí puede ser determinante para el peso de los atestados en los procesos judiciales. Un ejemplo de ello es el de la condena al diputado morado Alberto Rodríguez cuya sentencia estuvo determinada por el testimonio del agente de la Policía Nacional agredido.

Grabación a los agentes

La peligrosidad de este punto ha sido repetida hasta la saciedad por los sindicatos. A partir de ahora no existirá una prohibición para grabar a los agentes. Por lo tanto, no «constituirá infracción la mera toma de imágenes en lugares de tránsito público y manifestaciones, o su mera difusión».
El Gobierno se escuda en que este cambio no perjudicará a los agentes añadiendo un apartado en el que especifica que «se considerará infracción grave el uso de imágenes o datos personales o profesionales de autoridades o agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad cuando genere un peligro cierto a su seguridad personal o familiar o la de las instalaciones protegidas o ponga en riesgo el éxito de una operación».
Policía Nacional en los disturbios en Vallecas

Policía Nacional en los disturbios en VallecasGTRES

Pero este añadido no se traduce en una protección a los policías o guardias civiles ya que es difícil conocer cuáles son los momentos en los que la grabación y difusión de sus imágenes coloca en la diana a los agentes.
Además, especifica que «la situación de peligro o riesgo cierto generada, deberá reflejarse en el acta o en la denuncia con el mayor detalle que sea posible», por lo que los policías tendrán que probar que la grabación genera un peligro.

Manifestaciones sin permiso

Otro de los apartados que se ha suavizado es la posibilidad de manifestarse sin previa comunicación a las autoridades. En un principio se propuso que los ciudadanos pudiesen convocar de manera repentina protestas sin tener que pasar por el paso previo de la petición del permiso.
Este asunto ha quedado descartado parcialmente. O, al menos, disimulado. Hasta ahora los agentes podían  disolver manifestaciones que no estuviesen en conocimiento de las delegaciones del Gobierno. Sin embargo, los cambios en la ley concretan que la carencia del trámite previo de comunicación, «aun pudiendo considerarse infracción leve, no será motivo para impedir el ejercicio de las libertades de reunión y manifestación».
Por lo tanto, los policías ya no podrán disolver las manifestaciones aunque los que protestan no cuenten con el permiso necesario para realizarse. Esta situación supondrá también un grave problema para las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que no tendrán potestad para evitar que se lleven a cabo manifestaciones controvertidas o violentas como las que tuvieron lugar en Barcelona tras la sentencia del 1-O o las que se produjeron en Madrid tras la detención del rapero Hásel el pasado mes de marzo.
Policía Nacional durante las protestas por Hásel

Policía Nacional durante las protestas por HáselGTRES

Sin tiempo para identificar

Los agentes no podrán retener más de dos horas a aquellas personas que no se identifiquen. Anteriormente este margen se establecía en seis horas a pesar de que se tenía que dar uso del mínimo tiempo posible para realizar las labores de identificación del individuo.
Tal y como aseguran fuentes policiales a este medio, este cambio supone una complicación más a la labor policial. «Imagina que alguien lleva a cabo un hurto y no tiene identificación. En dos horas no nos da tiempo a hacer todas las comprobaciones necesarias. Es muy difícil», se quejan.

DNI en otras lenguas

La reforma de la ley también ha tenido espacio para un guiño a los nacionalistas. Los documentos nacionales de identidad (DNI) comenzarán a expedirse en catalán, gallego, aranés y euskera.
De esta manera, los españoles que vivan en las autonomías en las que se hable otra lengua además del español, podrán tener acceso a un documento de identidad adaptado.

Multas más baratas

PSOE y Podemos quieren que haya menos multas y que éstas sean más baratas. Los más beneficiados serán las rentas bajas y podrán disfrutar de hasta un 50% de rebaja en la sanción. A esta reducción podrán acogerse también aquellos que opten por un pago voluntario de la multa.
El documento registrado por las formaciones añade que «en el supuesto de no acogerse al pago voluntario, continuará la tramitación del procedimiento debiendo dictarse la correspondiente resolución expresa, sin que sea posible aplicar rebaja alguna en el importe de la sanción, ya sea por el pago voluntario antes de la resolución o por reconocimiento de la responsabilidad».
Por lo tanto, aquellos que perciban un salario más bajo podrán disfrutar de rebajas en su sanción económica. Esto ampara por definición también a los jóvenes, los más participativos en las protestas y que podrán ser multados pero pagar menos dinero por ello.
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