
El exconseller de Economía, Andreu Mas-Colell
Investigados por la política exterior del Govern
Otra condena a una universidad catalana, la UPC, por vulnerar su deber de neutralidad ideológica
El juzgado ha anulado el acuerdo del centro por el que se denunciaba «la injusticia» de las actuaciones del Tribunal de Cuentas contra exaltos cargos de la Generalitat
Nueva sentencia condenatoria contra una universidad catalana por no respetar la neutralidad ideológica. En este caso ha sido la Universidad politécnica de Cataluña (UPC). El Juzgado Contencioso-Administrativo número 13 de Barcelona ha anulado el acuerdo del Claustro de esta universidad, del pasado 14 de septiembre, en el que se denunciaba la «injusticia» de las actuaciones del Tribunal de Cuentas contra exaltos cargos del Govern que estaban siendo investigados por la política exterior de la Generalitat.
Entre los investigados estaban los profesores Andreu Mas-Colell y Albert Carreras de Odriozola, con los que el Claustro también se «solidarizaba». Este órgano se adhirió a a una declaración del Institut d’Estudis Catalans que se expresaba en el mismo sentido. El juzgado, además de anular el acuerdo, ha condenado a la UPC al pago de las costas procesales.
De esta forma, el juez ha estimado el recurso de un grupo de profesores de la UPC que alegaban que se habían vulnerado derechos fundamentales, de libertad ideológica y de libertad de expresión, teniendo en cuenta que los órganos de la Universidad no pueden emitir declaraciones políticas de contenido partidista.
La política que no se espera
Y esto es lo que recoge la sentencia, que el acuerdo del Claustro «rompe con la neutralidad ideológica o política que se espera de una Universidad». Ello, a su vez, vulnera la libertad ideológica porque, según el redactado, la manifestación de una opción debe incluir la posibilidad de objetarla, por lo que una toma de postura de una Universidad es contraria a Derecho si existe oposición; y también vulnera la libertad de expresión porque «se ha impuesto en nombre de la mayoría» una opinión contra la voluntad de algunos de sus miembros.«Una Universidad no puede abandonar la posición de neutralidad que le es propia en ese campo para asumir posiciones ideológicas y políticas de parte, desconectadas, además, de los intereses a los que debe servir», ha dejado claro el juez.
En declaraciones a El Debate, uno de los profesores que presentó el recurso, Alejandro Rodríguez Gómez, profesor de Telecomunicaciones de la UPC ha mostrado su satisfacción por esta sentencia, porque el acuerdo del Claustro, dice, era «de tipo político». Además considera que era «un despropósito total y absoluto» porque no se trataba siquiera de un texto redactado desde la universidad, sino un texto del Institut d'Estudis Catalans. Y además, recuerda Rodríguez, se llevó al Claustro «a escondidas», porque no estaba en el orden del día. Es un caso de «filibusterismo» en la universidad, apunta el profesor de la UPC.
Alejandro Rodríguez Gómez también ha destacado la «ayuda inestimable de otros profesores de Universitaris per la Convivència», que han ayudado a estos docentes de la UPC con el recurso. De hecho, ha puesto en valor esta coordinación de profesores de diferentes universidades porque «nos lleva a tener pequeñas victorias para parar esta especie de tsunami que pretende uniformizarlo todo, cuando la universidad tiene que ser plural».