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01 de mayo de 2024

La ejecución de la sentencia llega nueve meses después del pronunciamiento del TSJC

EFE

Cataluña

El TSJC condena a la Generalitat por vulneración de derechos lingüísticos en la selectividad

El Tribunal abre la vía para la ejecución forzosa de la sentencia del 25 % y considera que la Asamblea por una Escuela Bilingüe está legitimada para defender los intereses de los usuarios de la educación pública

El TSJC ha condenado a la Generalitat que preside Pere Aragonés por vulneración de los derechos lingüísticos al obstaculizar el reparto de exámenes de castellano en la pasada selectividad. Y declara nulo el párrafo de las instrucciones del Consejo Interuniversitario de Cataluña que obligaba a los miembros de los tribunales de las PAAU a repartir primero los enunciados del examen en catalán, y sólo si un alumno así lo pedía, repartirlo también en castellano para este estudiante. De esta forma, el TSJC ha estimado parcialmente el recurso que interpuso la Asamblea por una Escuela Bilingüe contra estas instrucciones.
El tribunal recuerda que que se han de priorizar los derechos de los alumnos, considera que «son superiores» a los intereses organizativos de la Administración. Y es más, deja claro que los estudiantes no tienen por qué expresar en público su opción lingüística en un contexto que condiciona su futuro académico, profesional y vital.
Pero la sentencia tiene otro aspecto importante, y es que reconoce la legitimidad de la AEB para defender los intereses de los usuarios de la educación pública. Se deja claro que «las instrucciones impugnadas afectan al ámbito de intereses de la recurrente, y sería un formalismo excesivo y contrario a la Constitución no admitir la legitimación de esta Asociación como representante de los intereses colectivos de sus miembros; resultaría paradójico que se pueda reconocer legitimación activa expresamente a asociaciones de consumidores y usuarios (artículo 11 de la LEC),y no a asociaciones para la defensa de los usuarios del sistema educativo público».

Respaldo a la AEB

Para la presidenta de la AEB, Ana Losada, este aspecto, reconocer la legitimidad a la asociación, es un «espaldarazo importarte» a la demanda de al entidad para la ejecución forzosa de la sentencia del 25 % de castellano. Y es que precisamente esta legitimidad era el escollo más importante para admitir la demanda. Y una vez superado, dice Losada, «ahora el tribunal podrá entrar en el fondo de lo que se pide», que no es otra cosa que la aplicación de esta sentencia.
Y doble satisfacción, también, apunta Losada, porque en el caso de la selectividad se ha conseguido que se tengan que repartir los enunciados de los exámenes en castellano, catalán y aranés sin que haya preferencia por el catalán. El Tribunal recuerda que el hecho de que se hayan celebrado las pruebas de este año, no significa que pierda sentido el proceso, porque «la determinación de si la actuación administrativa conculca derechos fundamentales y, en definitiva, el ordenamiento jurídico, también lo es en orden a determinar y, en su caso a evitar, un precedente lesivo desde el punto de vista de la relevancia constitucional. Por ello no puede afirmarse que haya desaparecido el objeto y, en consecuencia, el interés de la parte actora».

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