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25 de abril de 2024

Dolores Delgado y Alvaro García Ortiz

Dolores Delgado y Alvaro García Ortiz

Audiencia Nacional

El peaje de Bildu al nuevo fiscal general del Estado: que prescriba el asesinato de Miguel Ángel Blanco

Voces críticas en el seno de la Fiscalía con la «purga» del fiscal encargado del caso cuestionan la autoridad de Álvaro García Ortiz para imponer su tesis desde la Secretaría Técnica

En un repentino giro de los acontecimientos, la Fiscalía de la Audiencia Nacional –por orden del que en los próximos días será el nuevo fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz– ha decidido dar carpetazo al secuestro y el asesinato del concejal popular de Ermua, Miguel Ángel Blanco, cambiando el criterio de acusación contra los tres históricos jefes de ETA que, presuntamente, lo ordenaron. El fiscal encargado del caso, Vicente González Mota, había defendido en un pormenorizado informe jurídico, al que ha tenido acceso en exclusiva El Debate, la vigencia de los delitos por los que estaban siendo investigados María Soledad Iparaguirre, alias Anboto, Mikel Albisu Iriarte, Mikel Antza y José Javier Arizcuren Ruiz, alias Kantauri.
Sin embargo, González Mota renunciaba, este mismo jueves, a personarse en el interrogatorio previsto por el juez instructor Manuel García-Castellón para dos de ellos, Anboto y Antza, al conocer que desde la Secretaría Técnica, que todavía dirige el sucesor de Delgado, se posicionaban a favor de la prescripción de los hechos, alegados por las defensas de los etarras. En el seno de la Fiscalía cuestionan la autoridad orgánica de García Ortiz para imponer su tesis y respaldan la actuación de su compañero ante el evidente «peaje» impuesto desde el Gobierno al próximo fiscal general «tras los recientes pactos alcanzados con Bildu», apuntan a El Debate voces críticas con la «purga» del fiscal titular.

Las «objeciones» del fiscal apartado

El fiscal Vicente González Mota no ha ocultado sus «objeciones» a la «prescripción» de los presuntos delitos que pesan sobre los tres supuestos «cerebros» etarras que –según los informes policiales incluidos en la investigación– «ordenaron la ejecución» de Miguel Ángel Blanco «conforme a la nueva estrategia de ETA» de socializar del sufrimiento, «gráficamente expresada en los términos de levantar a un concejal del PP dando un ultimátum de días».
Y es que González Mota considera que el punto de partida para empezar a computar la prescripción «debe estarse a la fecha de detención de los investigados, es decir el 3 de octubre de 2004», «contrariamente a lo señalado por la Secretaría Técnica que alude al cómputo de la prescripción como se ha venido haciendo tradicionalmente, es decir a la fecha de comisión del hecho delictivo».
Además, en el texto del recurso de reposición planteado al juez García-Castellón antes de su salida de la causa, al que ha tenido acceso El Debate, el fiscal defendió cómo «en el supuesto que se considerara como inicio del cómputo de la prescripción la fecha de asesinato debo mencionar que a mi juicio está interrumpido el plazo de prescripción».
En general, porque «el momento para valorar la existencia de la misma [...] es el de la fase intermedia y corresponde su decisión al Tribunal» juzgador y «no al Juez Instructor interrumpiéndose la prescripción desde que se dirige el procedimiento contra el investigado».

A juicio del fiscal «purgado», la sentencia emitida por a Cour d'Assises de París, el 17 de diciembre de 2010, contra Anboto y Mikel Antza, interrumpe la prescripción de sus delitos en España

En particular, para el caso concreto del asesinato de Miguel Ángel Blanco, porque «se trata de determinar si las órdenes impartidas por los miembros de la Dirección de ETA» bajo sospecha, «estarían prescritas o han sido interrumpidas por la existencia de un procedimiento judicial que hubiera atribuido responsabilidad al tiempo en el que se les atribuye la orden de secuestro y asesinato del Concejal de Ermua, en cuanto miembros de dicha dirección y en concreto del 'Comité Ejecutivo' de ETA».
Algo que se dio, por parte de las autoridades francesas, las cuales «al menos desde el momento de la detención el 3 de octubre de 2004, dirigieron un procedimiento» contra los ahora investigados por García-Castellón, que se tradujo en la sentencia emitida por «la Cour d'Assises de París, el 17 de diciembre de 2010».
Una resolución la del Tribunal francés en la que se condenó al propio Mikel Antza «por los hechos comprendidos entre el plazo de prescripción y el 3 de octubre de 2004, período que abarca el del atentado objeto de instrucción, [...] por participar en calidad de responsable del comité ejecutivo que garantiza la dirección de ETA a la pena de 20 años de prisión». Y a su compañera Anboto «a 20 años de prisión como dirigente del aparato de finanzas de ETA en el período 2000 a 2004, en territorio francés, y en esta calidad formaba parte de la Dirección de la organización» de la banda armada, remarcó el fiscal apartado de la causa, antes de su reciente salida.

Los contundentes informes policiales

La estrategia certificada por ETA para extender sus acciones terroristas a concejales de diferentes partidos políticos se apoyaba en la denominada ponencia 'Oldartzen', aprobada por Herri Batasuna (HB) en 1994 y en la que se abogaba por «socializar el sufrimiento». A partir de dicha fecha, la banda terrorista ponía en el centro de su diana a la clase política, algo que no sucedía desde mediados de la década de los ochenta, y lo hacía según un esquema orgánico mencionado en la documentación incautada por la Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado francés, en colaboración con España, tal y como se detalla en el informe policial 20/2016, publicado por El Debate.
La primera víctima de las nuevas consignas fue Gregorio Ordóñez. El portavoz del Partido Popular en el Ayuntamiento de San Sebastián fue asesinado el 23 de enero de 1995 mientras comía con su amiga y compañera María San Gil. Su muerte constituyó el inicio de una dinámica de terror que golpearía muy duramente a la formación, pero también al Partido Socialista de Euskadi (PSE) y a Unión del Pueblo Navarro (UPN) y que se ha enmarcaba tanto en el País Vasco y Navarra como en Cataluña y Andalucía.
Tan sólo año y medio después, la banda volvía a ejecutar a un concejal popular, Miguel Ángel Blanco, en julio de 1997. Desde entonces ETA entró en una espiral de violencia que sólo se apaciguó en 1998.
A pesar de las contundentes evidencias del Informe 4/2002 de la Guardia Civil incorporado a la causa que se sigue en la Audiencia Nacional contra los presuntos «autores mediatos» del asesinato del joven político vasco –donde se señala que en el momento de su detención la labor de Mikel Antza «como dirigente de ETA, según el análisis de las Autoridades galas de la documentación incautada» al propio terrorista del que se desprende que «dirigió la elaboración y difusión de las comunicaciones públicas» en las que la banda armada asumió la autoría de la muerte de Miguel Ángel Blanco– el sustituto del fiscal González Mota, Pedro Rubira, aseguró que estos datos, por sí solos, «no son suficientes» para acusar.
Además, apuntó a que el derecho de las víctimas a ser resarcidas de los delitos sufridos no es, a su juicio, un derecho «inalienable». Un planteamiento al que asintieron, en la Sala de vistas, tanto Mikel Antza como su abogado, según han confirmado a El Debate fuentes próximas a la causa.
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