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26 de abril de 2024

Irene Montero

Irene MonteroEFE

Tribunales

El Supremo recuerda al Gobierno que el Decreto de la Fiscalía sobre el 'sólo sí es sí' «no es obligatorio para los jueces»

Los magistrados responden a las declaraciones de Pedro Sánchez que fían al Alto Tribunal el fin de las rebajas de las sentencias por la norma de Montero

El Decreto con el que la Fiscalía General del Estado (FGE) que depende del Gobierno se desmarcaba ayer de la rebaja masiva de condenas que los tribunales están aplicando, en beneficio de presos condenados por delitos contra la libertad sexual, tras la entrada en vigor de la polémica ley del 'sólo sí es sí' de Irene Montero, no sólo «no dice nada en realidad» sino que «no es vinculante» para los miembros del Ministerio Público. Tampoco para los jueces y magistrados. Así lo han advertido fuentes próximas al Supremo tras las declaraciones con las que el presidente Pedro Sánchez fiaba al Alto Tribunal el fin de la revisión de las penas de los delincuentes sexuales en aplicación de la nueva norma impulsada por el Ministerio de Igualdad.
«Lo que pidan los fiscales no obliga en modo alguno a los jueces en la toma de su decisión final» sobre un asunto, han apuntado dichas fuentes que, en esta materia en concreto, apelan al análisis del «caso por caso» como única herramienta de cumplimiento del mandato constitucional de aplicación retroactiva de la norma más favorable al reo. Los jueces y magistrados dan un paso más: «Como garante de la legalidad lo lógico habría sido que la Fiscalía impulsase dichas revisiones, por mucho que nos desagraden». En eso radica el sentido del Estado de Derecho y «el cumplimiento de la ley», añaden.
Los miembros de la Carrera Judicial lamentan que tras la maniobra del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, se hayan sucedido las declaraciones políticas orientadas a «dar a entender» a la sociedad algo que «en las práctica no tendrá ningún impacto» en las sentencias recurridas por los presos favorecidos tras la bajada de las penas mínimas del texto de Montero.
El titular del Ministerio Público salía, este lunes, al rescate del Gobierno con una orden –que a diferencia de las instrucciones emanadas de la Junta de Fiscales del Consejo Fiscal, es una mera recomendación– para que los fiscales diesen «una respuesta uniforme» a las revisiones de condenas firmes suscitadas por la entrada en vigor de la conocida como ley del 'solo sí es sí', estableciendo que no se revisen las sanciones ya impuestas a los condenados.
El criterio fijado por García Ortiz avalaba los argumentos del Gobierno sobre la norma: que no se bajen las condenas porque haya bajado el mínimo que se puede imponer por el delito. Y desvirtuaba, como haría horas más tarde, la figura del resto de operadores jurídicos al afirmar Pedro Sánchez en el Senado que «el fiscal es el defensor de la mujer» en todo este escándalo. «Como si los jueces no lo fuéramos», lamentan.

El coste de la «perspectiva de género»

Llegados a este punto ya hay quienes advierten del peligro de insinuar que mientras desde el Ministerio Público se actúa «con perspectiva de género» los magistrados se mantienen al margen del mismo por aplicar «la ley que es más favorable a los condenados». La supuesta obligación de cumplir con el «artículo 36 del Convenio de Estambul» es una excusa que no se sustenta porque «lo que exige el texto ya estaba en el Código Penal antes de la alteración» de Irene Montero. «La reforma, en sí, no era necesaria», sentencian los jueces para quienes «frivolizar sobre temas como éste se va a llevar por delante a víctimas que no entienden lo que está pasando y cuyo coste emocional nadie ha tenido en cuenta».
Sin embargo, y más allá de la «mera propaganda», el fiscal «en realidad no ha hecho más que dar una posible posición a los miembros del Ministerio que establece que no se revisarán sentencias si la pena que se impuso sigue vigente en la horquilla que fija el Código Penal para cada delito, tras el cambio legal». Es decir, si un hecho concreto puede entenderse que encaja en ambas normas, la antigua y la nueva, ha de mantenerse dentro del rango de la primera «salvo» que hacerlo en base a este criterio «resulte desproporcionado». Es decir, sea contrario al mandato constitucional que están aplicando todos los tribunales.
Los jueces advierten de la trampa de la Fiscalía que en un intento por «unificar posiciones de los fiscales» está «en realidad diciendo lo contrario» de lo que se ha querido hacer ver a la opinión pública. Es cierto que hay un reconocimiento «cualitativo» de la FGE en su texto ya que admite que «la revisión es posible» pero, a cambio, «no hace ninguna valoración concreta sobre lo que es desproporcionado o no» de manera que, en cada caso concreto, la posición de cada fiscal quedará bajo su personal juicio. Y, en último término, «supeditada a la decisión definitiva que tome el juez, único encargado de la posible rebaja».

Señalar a los jueces

Para los jueces, con el paso al frente de la Fiscalía, se está tratando de poner, de nuevo desde el Gobierno, la lupa sobre los jueces como los responsables de unos beneficios sancionadores que, en realidad, «son únicamente imputables a nuestra obligación de cumplir y hacer cumplir la ley vigente». Un mandato que, tras la reforma aprobada por el Parlamento, a instancias del proyecto del Ministerio de Igualdad, se ciñe a lo que «dicha norma dice» sobre las reducciones en las penas a los delincuentes de naturaleza sexual «al carecer de Disposición Transitoria que la acote».
De ahí que, en algunos supuestos, como el reciente acuerdo adoptado por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cantabria -o la más reciente de Zaragoza- se inclinen por «estimar las revisiones» en sentido positivo a la rebaja de los años de condena impuestos al preso, «en los casos concretos» que se han ido conociendo.
Además, los jueces se preguntan el por qué del «interés de los responsables de la modificación legal para impedir» la sangría de reducciones de pena a los delincuentes sexuales, mediante decretos de la Fiscalía y presión a los tribunales, cuando «la realidad es que, a todos los delitos contra la libertad sexual que se juzguen a partir de ahora se les van a aplicar exactamente dichas penas», en las que los tramos bajos de las horquillas serán más benévolos de lo que lo eran antes, en algunos supuestos determinados.
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