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24 de abril de 2024

Irene Montero con el ramo de flores que le han regalado sus compañeros de partido

La ministra de Igualdad, Irene Montero, ha sido homenajeada este viernes sus compañeros de partido

La ley del 'solo sí es sí' de Montero permite que 36 agresores ya hayan visto reducidas las penas

Madrid acapara más de la mitad de las revisiones con 20 condenas beneficiadas y 6 presos excarcelados

El número de beneficiados por la nueva ley del 'solo sí es sí' impulsada por el Ministerio de Igualdad de Irene Montero continúa en aumento y ya son 36 los condenados que han visto reducida su pena de prisión, diez de los cuales han sido puestos en libertad. De todos estos beneficiarios, 32 habían sido condenados antes de la aplicación de la norma y 4 posteriores.
La Audiencia Provincial de Madrid es la que más casos ha revisado y donde más rebajas de condenas se han producido. De hecho, más de la mitad de los presos beneficiados por la ley del 'Solo sí es sí' se encontraban en las prisiones de la capital de España. Se han rebajado ya 20 condenas de abusos sexuales en aplicación de la ley ‘solo sí es sí’ que la ministra de Igualdad, Irene Montero vendió con tanto alarde. Siete de estas reducciones de condena han supuesto que el preso quedara automáticamente en libertad, si bien en un caso el reo no pudo salir de prisión porque tenía condenas por otros delitos.

Contra el criterio de la Fiscalía

Y es que los magistrados de esas quince secciones han decidido contradecir el criterio marcado por la Fiscalía General del Estado, y las palabras de la ministra Montero que tachaba de machistas a los jueces que rebajaban condenas, y aplicarán en las revisiones de sentencia el criterio más favorable al condenado. La decisión ha sido adoptada por una mayoría de 32 magistrados a favor, 8 en contra y 9 abstenciones.
Así, la Junta de Unificación de criterios ha acordado aplicar el artículo 2.2 del Código Penal en la revisión de penas. Este artículo señala que «tendrán efecto retroactivo aquellas leyes penales que favorezcan al reo, aunque al entrar en vigor hubiera recaído sentencia firme y el sujeto estuviese cumpliendo condena».
Se da la circunstancia, además, de que al ser una decisión tomada en orden interno, al no ser una norma escrita oficial, solo puede ser recurrida por la Fiscalía cuando se aplique resolución judicial por resolución judicial.

Solo el principio

Y estos datos pueden no ser más que el principio porque, según la Audiencia Provincial de Madrid, entre las quince secciones penales suman 447 causas con condenas firmes y condenados en prisión que serían susceptibles de ser revisadas para estudiar una posible rebaja de condena. De momento, 121 de esos casos ya están siendo revisados de oficio mientras que otros 55 lo están siendo a petición de la parte defensora del condenado, por lo que es muy posible que los datos registrados hasta el momento se vean incrementados notablemente.
Algo similar sucede en el resto de España. Esta misma semana, las Audiencias Provinciales de la Comunidad Valenciana han indicado a Europa Press que están revisando, de oficio o a instancia de parte más de 100 sentencias por delitos contra la libertad sexual tras la entrada en vigor de la ley, según los datos facilitados por el Tribunal Superior de Justicia autonómico.
Asimismo, el presidente del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), Iñaki Subijana, ha asegurado que las tres Audiencias Provinciales de Euskadi ya han recibido al menos 10 peticiones de revisiones de condenas por delitos sexuales, si bien ha apuntado que no hay ningún fallo.
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