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Papeletas electorales listas para las elecciones del 28M en Valencia

Papeletas electorales listas para las elecciones del 28M en ValenciaEFE

Elecciones 28-M

Estas son las diferencias entre voto en blanco y voto nulo

Aquellos que prefieren no apoyar ninguna candidatura este 28M tienen varias opciones para ejercer su derecho a acudir a las urnas

No todos los ciudadanos que acudan a votar en las elecciones municipales y autonómicas del 28M apoyarán a alguna fuerza política. Hay un amplio número de personas que quieren participar en el proceso, pero sin decantarse por ninguno de los partidos que se presentan a los comicios.

Al margen de la abstención, que alcanzó el 34,80 % en las elecciones municipales de 2019, los electores pueden optar por el voto en blanco o el voto nulo. Dos opciones que, aunque pueden parecer similares, cuentan con importantes diferencias de cara al resultado final de los comicios.

Voto en blanco

Los ciudadanos que opten por votar en blanco deben introducir en las urnas el sobre vacío. El elector participa activamente en las elecciones del 28M y su voto cuenta en los porcentajes totales de participación. Eso implica que el resto de opciones, en este caso los partidos políticos, reducen su porcentaje de votos y podría darse el caso que afecten a los umbrales mínimos necesarios para acceder a las distintas cámaras regionales.

Por utilizar un ejemplo concreto, las encuestas señalan que Unidas Podemos se mueve en unos márgenes estrechos a la hora de alcanzar el 5 % de votos necesarios para tener representación en la Asamblea de Madrid. Los votos en blanco afectan a ese porcentaje y un elevado número de ellos podría dejar fuera a la formación morada.

Voto nulo

En el caso de los votos nulos, nos encontramos con papelas que incumplen las normas y no pueden ser aceptadas. La ley electoral establece los casos en los que un voto debe calificarse de nulo: «Votos emitidos en sobres o papeletas diferentes del modelo oficial, en papeletas sin sobre o en sobres que contengan más de una papeleta de distintas candidaturas, papeletas en las que se hubieren modificado, añadido o tachado nombres de candidatos o alterado su orden, y en las que se hubiera introducido cualquier leyenda o expresión, o producido cualquier otra alteración de carácter voluntario o intencionado».

Así, estos votos nulos no son considerados válidos y no afectan a ese porcentaje total a la hora de repartir los escaños. Por volver al ejemplo anterior: introducir una papeleta pintada o con las papeletas de varios partidos no afectaría a ese 5 % mínimo que necesita Unidas Podemos para entrar a la cámara de la Comunidad de Madrid.

Aunque no afectan al proceso, los votos nulos sí se contabilizan en el total de la participación.

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