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12 de mayo de 2024

olores Delgado, durante la exhumación de Franco, en su etapa como Ministra de Justicia

olores Delgado, durante la exhumación de Franco, en su etapa como Ministra de JusticiaEuropa Press

Tribunales

Fiscales afines a Delgado cargan contra el Supremo por «minusvalorar» su «dilatada experiencia» y anular su ascenso

La Unión Progresista de Fiscales ha emitido un comunicado en apoyo de su «compañera». Acatan el fallo pero no ocultan su «disconformidad» con el mismo

La Unión Progresista de Fiscales (UPF), la entidad de izquierda de la Carrera a la que perteneció Dolores Delgado antes de entrar en política, ha manifestado públicamente su «disconformidad» con la sentencia de la Sala Tercera del Supremo que, este martes, ha anulado el nombramiento de la que fuera ministra de Justicia del primer Gobierno de Pedro Sánchez y ex fiscal general del Estado como fiscal de Sala Togada de la Sala Quinta de lo Militar del propio Alto Tribunal.
La Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo «anula con esta sentencia la capacidad discrecional del Fiscal General del Estado de realizar nombramientos en el seno de nuestra Institución y, de esta forma, merma la autonomía del Ministerio Fiscal», asegura la UPF en un comunicado muy crítico en el que cargan contra el mismo tribunal que tiene pendiente una segunda causa de nulidad contra Delgado por su designación como fiscal de Memoria Democrática pese a las sospechas de «incompatibilidad» que pesan sobre ella para el cargo.
«El nombramiento, ahora anulado, se basaba en la extensa y razonada propuesta del Fiscal General del Estado en la que se hacía referencia al vasto currículum y la dilatada experiencia de Dolores Delgado que, junto a su profundo conocimiento de la jurisdicción penal, tanto en su aspecto institucional, organizativo como directivo, era clave para el desempeño de las competencias y funciones de la plaza de Fiscal de Sala de la Fiscalía Togada del Tribunal Supremo», mantienen desde la UPF pese a que dicha designación fue impugnada por un candidato con una mayor experiencia específica en la jurisdicción propia del cargo.
Sin embargo, para la entidad de izquierdas, «de forma muy minuciosa, dicha propuesta [del fiscal general] se refería a la actividad jurisdiccional de Dolores Delgado durante casi 30 años de carrera profesional en materias tan complejas como la criminalidad organizada, la lucha contra el terrorismo y su financiación, el narcotráfico o el blanqueo de capitales con procedimientos y juicios de gran complejidad técnica. Así como su labor desplegada durante más de 13 años como fiscal en la Audiencia Nacional como coordinadora contra el terrorismo yihadista en el área judicial, de investigación, de formación y de cooperación internacional».
«Junto a estos méritos, debe serle sumado la ingente actividad académica y docente a nivel nacional e internacional en diversos ámbitos, así como su actividad y experiencia en espacios jurisdiccionales y orgánicos», prosigue la nota de la UPF en la que, sin embargo, no hay referencia alguna a los conocimientos militares de los que carece Delgado, tal y como ha determinado el propio Supremo, frente a los acreditados por su rival más directo en dicho puesto y que, precisamente por ello, impugnó la elección del fiscal general Álvaro García Ortiz.

En defensa de sus «extensos méritos»

«No podemos entender que, habiendo sido recogida de forma tan extensa y razonada en la propuesta el currículum vitae de nuestra compañera, éste no haya sido valorado, ni siquiera mencionado, por la Sala Tercera del Tribunal Supremo», afirman los miembros de la UPF. «No recoge la sentencia ninguna valoración de los extensos méritos que la candidata propuesta tenía para hacerla merecedora de la plaza de fiscal de Sala de la Fiscalía Togada del Tribunal Supremo», insisten. Una designación que, cabe recordar, le supuso el ascenso a la máxima categoría del escalafón de la Carrera.
Hasta tal punto han cargado en la UPF contra el Supremo que aseguran que « la fundamentación que da lugar a la anulación del nombramiento y la mención sobre la desviación de poder» del fiscal general en la misma «viene referida a la manifestación realizada» por éste, «en el ejercicio de su autonomía, sobre la conveniencia de que los Fiscales Generales del Estado -sin categoría de Fiscal de Sala- fueran ascendidos a primera categoría cuando, como en este caso, los méritos y la capacidad son sobrados para el desempeño de la plaza». «Como muestra, basta recordar que igual se hizo con la ex Fiscal General del Estado, María José Segarra, siendo dicha argumentación avalada entonces por el Pleno del Consejo Fiscal», añade la Unión Progresista en su nota.
«Nos preocupa la fundamentación de esta sentencia ya que el informe GRECO de 2021 valoró muy positivamente este mismo razonamiento, que ahora se desdeña, como forma de refuerzo de la autonomía de la figura del Fiscal General del Estado», afirman.
«Por todo ello, la Unión Progresista de Fiscales lamenta, de nuevo, que haya sido minusvalorada una candidata con un perfil con tanto bagaje profesional, jurisdiccional, con grandes capacidades directivas y de coordinación, a pesar de haber obtenido un amplio respaldo por cinco vocales del Consejo Fiscal, so pretexto de entender que la intencionalidad no era hacer valer su mérito y capacidad, cuestión que queda despejada al leer el currículum de la compañera», que lo fue antes de adquirir un perfil más político en su trayectoria profesional.
«Tristemente, como ocurrió también con nuestro compañero Eduardo Esteban (así se recogía en el voto particular de la sentencia nº 1024/2023 y nº 1051/2023 de la Sala Tercera del Tribunal Supremo)», cuyo nombramiento como fiscal de Sala de Menores fue anulado hasta en dos ocasiones por el Supremo, «nos encontramos ante un cambio no fundamentado en la jurisprudencia del Tribunal Supremo, donde los méritos y la capacidad, así como el trabajo jurisdiccional, no parecen resultar suficientes frente a otras pretensiones que no benefician a la carrera fiscal y al servicio público que prestamos a diario», lamenta la UPF en el párrafo final de su comunicado.
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