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El ex minero José Emilio Suárez Trashorras, durante la lectura de la sentencia del juicio por los atentados del 11-M, que le ha condenado a casi 35.000 años de prisión.

El ex minero José Emilio Suárez Trashorras, durante la lectura de la sentencia del juicio por los atentados del 11-MEFE

Rechazan la petición de eutanasia de Trashorras, el minero que facilitó los explosivos del 11-M

Emilio Suárez Trashorra, en prisión desde hace 20 años como cooperador necesario de los atentados, solicitó el 1 de marzo acogerse a la eutanasia

El exminero asturiano Emilio Suárez Trashorra, que cumple condena desde hace 20 años en una cárcel de Asturias por ser cooperador necesario de los atentados del 11 de marzo de 2004 al haber facilitado los explosivos, pidió el pasado 1 de marzo acogerse a la ley de eutanasia, exponiendo un «sufrimiento insuperable» debido a la «falta de tratamiento médico y psicológico».

Una petición que la Comisión de Garantía y Evaluación del Principado de Asturias, encargado de valorar los casos, ha rechazado esta semana, según adelantó La Voz de Galicia, al considerar que no se dan las condiciones que exige la norma.

La Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, en vigor desde el 25 de junio de 2021, solo permite conceder la eutanasia a las personas mayores de edad «con un sufrimiento intolerable a causa de una enfermedad en fase terminal, o por una enfermedad irreversible con limitaciones en su autonomía física».

El comité de expertos argumentó que «existe posibilidad de intervención para aliviar la situación crítica actual», de lo que se deduce que debería recibir tratamiento clínico específico para mejorar su estado de salud mental tras dos décadas en la cárcel. Anteriormente ya había solicitado varios permisos carcelarios que le fueron denegados.

Trashorras había pedido acogerse a la ley de eutanasia alegando también su larga condena, 34.175 años de cárcel de los que al menos deberá cumplir 40. Y había referido como experto en su solicitud al psiquiatra Julio Bobes, que le ha atendido en numerosas ocasiones a lo largo de este tiempo.

En 2017, la Sala Segunda del Tribunal Supremo rechazó el recurso presentado por el exminero en el que pedía que se le aplicase con carácter retroactivo la pena de prisión permanente revisable, tras la modificación del Código Penal en 2015, considerando que era más favorable para obtener permisos y acceder al tercer grado. El Alto Tribunal señaló, no obstante, que su petición partía «del error de que le correspondería una sola pena de prisión permanente revisable, cuando en realidad serían 192 penas de tal clase (una por cada víctima mortal del atentado), por lo que la nueva regulación no le resultaría más favorable».

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