Fundado en 1910
La asesora de Begoña Gómez en Moncloa Cristina Álvarez

La asesora de Begoña Gómez en Moncloa Cristina ÁlvarezEuropa Press

La Audiencia de Madrid avala reclamar las llamadas de la asesora de Begoña Gómez relacionadas con su cátedra

Rechaza, no obstante, que se pidan las relacionadas con el rescate de Air Europa

La Audiencia Provincial de Madrid ha dado el visto bueno a la petición del juez Juan Carlos Peinado para que se le facilite el registro de llamadas de la asesora de Begoña Gómez en Moncloa, Cristina Álvarez, pero solo las relacionadas con la cátedra que dirigía la esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Audiencia de Madrid considera que los registros solicitados por el titular del Juzgado de Instrucción Número 41 de Madrid deberán «limitarse» al objeto de la investigación, «con exclusión de lo relativo a Globalia, Air Europa y África Center, por las razones que ya hemos expuesto en otras muchas resoluciones».

La decisión de pedir el registro de todas las llamadas había sido recurrida por el abogado de la propia Cristina Álvarez. Posteriormente se sumaron al mismo recurso, la propia Begoña Gómez e, incluso la Fiscalía, por lo que había pocas posibilidades de que la Audiencia Provincial admitiese el registro de todas las llamadas.

Cabe recordar, que la Audiencia Provincial ya advirtió a Peinado de que debía dejar fuera de la causa que dirige contra Begoña Gómez las pesquisas relativas al rescate de la mencionada aerolínea.

Se mantiene como investigada

Los magistrados mantienen la condición de investigada de Álvarez e insisten, como ya han señalado en ocasiones anteriores, en que el juez instructor puede acordar las medidas que estime pertinentes para la investigación bajo los principios de especialidad, proporcionalidad, idoneidad, excepcionalidad y necesidad.

En este punto, recuerdan que el número de teléfono sobre el que se concede la medida «se obtuvo en la declaración testifical de Cristina Álvarez» que ya invalidó la propia Audiencia Provincial. Sin embargo, precisan que al tratarse de un número oficial del Palacio de la Moncloa el juez podía haberlo obtenido por otro medio para reclamar el mencionado registro de llamadas.

«Al no ser el único medio a través del cual pudiera lograrse el conocimiento del citado número, consideramos no es motivo por el cual se deba declarar la nulidad del dato obtenido», señala el tribunal.

Además, los magistrados consideran que «la solicitud de identificación de la titularidad de líneas telefónicas contactadas por un dispositivo telefónico es una diligencia de investigación que afecta de forma mínima la intimidad de la persona concernida».

comentarios
tracking

Compartir

Herramientas