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El ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, en un acto del PSOE

El ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, en un acto del PSOEEuropa Press

Piden 47 años para Fernández Díaz

El PSOE ejerce la acusación popular en Kitchen pese a que la ley Bolaños quiere prohibirla para los partidos

El proyecto normativo del Gobierno afirma que «no podrán ejercitar la acción popular» los «partidos políticos y sindicatos y las asociaciones o fundaciones vinculadas con ellos»

El PSOE y Podemos están personados como acusación popular en el juicio del caso Kitchen que comienza este lunes en la Audiencia Nacional, causa en la que se enjuicia a la ex cúpula del Ministerio del Interior del Gobierno de Mariano Rajoy por, presuntamente, intentar robar información sensible al extesorero del PP Luis Bárcenas. De esta forma, la formación que lidera Pedro Sánchez solicita 47 años y 10 meses de prisión para el exministro Jorge Fernández Díaz, y 38 años y 3 meses de cárcel para el que era su número dos, el entonces secretario de Estado Francisco Martínez.

La ley Begoña –nombre que hace referencia a la esposa del jefe del Ejecutivo, imputada por cinco delitos– que los socialistas presentaron y luego retiraron del Congreso, quería prohibir ejercer la acusación popular a partidos políticos o entidades «vinculados a ellos». No obstante, tal y como informó El Debate, aunque el PSOE enterró esta norma, en lo que respecta a la acusación popular, el Gobierno recicló el mismo objetivo y lo incluyó en la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, proyecto conocido como ley Bolaños.

De esta manera, el texto del Ejecutivo para modificar la normativa procesal más importante del Derecho Penal fue aprobado en un Consejo de Ministros del pasado mes de octubre. En una nota de prensa, el Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, que encabeza Félix Bolaños, aseveró que la nueva legislación «regula y moderniza la acusación popular, respetando plenamente el artículo 125 de la Constitución».

«Se garantiza la participación ciudadana en la Administración de Justicia en relación con delitos que tengan una particular repercusión social siempre que se acredite un vínculo legítimo con el interés público que se pretende defender. En línea con las solicitudes que el Tribunal Supremo ha incluido en diversas sentencias, se delimita quién puede ejercerla, dejando fuera a personas jurídicas públicas, partidos políticos, sindicatos o asociaciones dependientes de ellos», añade la cartera de Bolaños, que también ostenta el cargo de secretario de Justicia del PSOE.

En consecuencia, esta modificación legal del Gobierno –que, según recoge la página web del Congreso, hoy en día está tramitándose en la Comisión de Justicia de la Cámara Baja– señala en su artículo 102 que «no podrán ejercitar la acción popular» los «partidos políticos y sindicatos y las asociaciones o fundaciones vinculadas con ellos».

El ministro Félix Bolaños, con la reforma de la Lecrim en la manos

El ministro Félix Bolaños, con la reforma de la Lecrim en las manosEFE

«Quienes pretendan ejercitar la acción popular deberán actuar en virtud de un vínculo legítimo con el interés público tutelado en el proceso penal correspondiente. A tal efecto, al tiempo de personarse deberán justificar la relación o vínculo personal, social o profesional con el interés público que motiva su intervención en el procedimiento», manifiesta igualmente este proyecto de ley.

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