Pedro Sánchez durante su comparecencia este miércoles en el Congreso de los Diputados
Tribunales
El Supremo admite el primer recurso contra la regularización masiva de Sánchez y pide a Bolaños el expediente del decreto
La impugnación del decreto, registrada por la entidad Hazte Oír, ha recaído en el magistrado José Luis Quesada Varea, miembro de la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal
El Supremo ha admitido a trámite el primer recurso interpuesto, en este caso por la entidad Hazte Oír, contra el decreto con el que el Gobierno, sin contar con el aval del Parlamento, ha aprobado la regularización masiva de cerca de medio millón de inmigrantes ilegales en nuestro país.
Así las cosas, en la diligencia de ordenación dictada por la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo, a la que ha tenido acceso El Debate en primicia, el Alto Tribunal concede un plazo «improrrogable» de veinte días al ministro de Presidencia, Relaciones con las Cortes y Justicia, Félix Bolaños, para que entregue el expediente completo de la polémica norma que ha soliviantado el escenario político español y europeo.
La redacción de la ponencia que dará respuesta a la impugnación presentada por Hazte Oír ha recaído, de acuerdo con el sistema ordinario de reparto, en el magistrado José Luis Quesada Varea.
La asociación solicitó que suspendiese, cautelarmente, la entrada en vigor y, en consecuencia la aplicación del texto ya que, como manifestó en su escrito, consideraba que el mismo excede los límites legales y «altera de forma estructural la política migratoria del Estado, con efectos directos y duraderos». Además. puso de manifiesto que, en caso contrario, se producirían consecuencias «directas sobre ámbitos materiales de la vida pública», tanto en lo relativo «a la defensa de los valores constitucionales y los principios democráticos como en lo relativo a la defensa de la familia», de alcance irreversible.
Para Hazte Oír la regularización extraordinaria de migrantes produce efectos jurídicos «inmediatos», tales como «la concesión de autorizaciones de residencia y trabajo; el alta en la Seguridad Social; el acceso a prestaciones; y la suspensión de órdenes de expulsión firmes». De ahí la necesidad de dejar en cuarentena dicha posibilidad, al menos, durante el tiempo que la Sala Tercera tarde en resolver el fondo de la cuestión.
Rechaza paralizarlo en otro caso
Por otra parte, y en relación con la solicitud de paralizar de forma cautelarísima –esto es, sin escuchar a las partes– presentada por la Asociación por la Reconciliación y la Verdad Histórica, sobre el mismo decreto, la Sala Tercera ha dictado un auto de rechazo, al considerar que no concurren circunstancias de especial urgencia.
Se trata, por lo tanto, de dos procedimientos diferentes, aunque sobre la misma materia.
En este último caso, los magistrados han acordado, no obstante, tramitar el incidente cautelar por el procedimiento ordinario como solicita Hazte Oír en su recurso y, para ello, han dado un plazo de alegaciones de 10 días a la parte demandada. Es decir, el Ejecutivo de Pedro Sánchez que se pronunciará a través de la Abogacía del Estado.