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Por qué la Unión Europea tiene un vacío a la hora de sancionar irregularidades como el caso PSOE

El informe del Estado de derecho publicado este martes por la Comisión Europea dedica veinte páginas a la situación en España

La Unión Europea ha reforzado en los últimos años su maquinaria contra la corrupción, en especial en lo que respecta a la financiación de los partidos políticos de ámbito europeo. Ha limitado donaciones, prohibido aportaciones desde países terceros y establecido un sistema de control relativamente riguroso. Pero todo ese marco tiene un límite claro, y es que se aplica únicamente a las formaciones registradas como partidos europeos, y no a los partidos nacionales. Así, cuando estallan escándalos de corrupción que salpican a líderes de gobiernos nacionales —como el caso que ahora afecta al PSOE—, Bruselas se encuentra sin herramientas para actuar directamente.

El informe del Estado de derecho publicado este martes por la Comisión Europea dedica veinte páginas a la situación en España. En ellas, Bruselas constata avances en ciertas áreas —como la protección de denunciantes o los primeros pasos hacia una regulación de lobbies—, pero alerta de riesgos graves: en concreto, señala que la financiación de los partidos sigue siendo un área de «alto riesgo» y que no se han dado pasos para reformar la legislación electoral. Una advertencia que llega en paralelo a la investigación judicial que implica al exministro José Luis Ábalos, su exasesor Koldo García y al ya dimitido secretario de Organización del PSOE, Santos Cerdán.

Las grabaciones de la UCO apuntan a posibles delitos de cohecho y organización criminal, con adjudicaciones públicas que habrían estado ligadas al cobro de comisiones. Todo ello en el contexto de la pandemia y con el Ministerio de Transportes como epicentro. Las evidencias son lo suficientemente sólidas como para que el juez del Supremo haya imputado a Cerdán, lo que ha llevado a Pedro Sánchez a intentar contener el daño político dentro del perímetro del partido. Sin embargo, el impacto institucional ya está servido.

Y es precisamente en este punto donde vuelve a evidenciarse una carencia: la UE no tiene competencias claras ni directas para sancionar la financiación irregular de partidos nacionales, salvo que esté vinculada a fondos europeos o a injerencias extranjeras. El reglamento comunitario que regula a los partidos europeos (Reglamento 1141/2014) impone límites y penalizaciones estrictas a nivel supranacional, pero deja fuera a las estructuras nacionales, que se rigen por marcos estatales desiguales. De ahí que Bruselas no pueda, por ejemplo, congelar fondos ni imponer sanciones a un partido nacional aunque haya claros indicios de corrupción.

En el caso español, el artículo 304 bis del Código Penal tipifica la financiación ilegal de partidos, y el Tribunal de Cuentas puede imponer multas. Pero las herramientas nacionales han demostrado ser, en la práctica, lentas y, a menudo, poco disuasorias. La Comisión Europea, por su parte, se limita a «recomendar» reformas, como viene haciendo desde hace años con la elección del Consejo General del Poder Judicial o la regulación de conflictos de interés, sin que eso garantice cambios reales.

Mientras tanto, el debate crece en el seno de la propia UE. Tanto el Consejo como la Comisión de Venecia —órgano del Consejo de Europa— han advertido del vacío legal y han propuesto extender las restricciones de financiación también a los partidos nacionales, especialmente en contextos electorales. Los casos de Francia (con Marine Le Pen) o Hungría (con Vox recibiendo un préstamo de un banco vinculado al Gobierno de Orban) han reforzado esa urgencia. Pero los avances han sido tímidos y lentos.

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