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01 de mayo de 2024

La ministra de Igualdad, Irene Montero, durante su asistencia al acto institucional del Día de la Constitución, este martes, en el Congreso de los Diputados

La ministra de Igualdad, Irene Montero, durante su asistencia al acto institucional del Día de la Constitución, este martes, en el Congreso de los DiputadosEFE

El CGPJ cuestiona ejes centrales de la reforma del aborto de Irene Montero

El texto cuestiona, entre otras cosas, la eliminación del consentimiento paterno para las menores de 16 y 17 años

Al igual que ya ocurriría con la ley del 'solo sí es sí', el Poder Judicial se ha pronunciado también sobre la polémica reforma de la ley del aborto que promueve la Ministra de Igualdad, Irene Montero. La propuesta de informe del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) se muestra crítica con algunos de los pilares fundamentales del anteproyecto impulsado por Igualdad y cuestiona, entre otras cosas, la eliminación del consentimiento paterno para las menores de 16 y 17 años.
Según ha informado en un comunicado el CGPJ, el pleno del órgano de gobierno de los jueces estudiará el 22 de diciembre la propuesta de informe que han redactado las vocales Roser Bach y Ángeles Carmona y que este viernes ha sido remitida al resto para que hagan sus observaciones antes del debate.
Las ponentes consideran que no están «convenientemente justificadas» algunas de las modificaciones introducidas en la actual ley de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, señalando de forma especial lo relativo al derecho de información y al periodo de reflexión para la prestación del consentimiento.
Sobre la eliminación del requisito del consentimiento paterno en el caso de las chicas de 16 y 17 años, la propuesta de informe no se muestra tan crítica y expone que, en ese caso se trata de «una opción del legislador que no contraviene las recomendaciones internacionales ni la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos» y añade que el marco normativo vigente reconoce a las mayores de 16 años un grado de madurez y autonomía suficiente.
Sin embargo, las ponentes advierten de que el consentimiento «autónomo y sin conocimiento» de los progenitores «dificulta los deberes» que conforman la patria potestad, como la orientación o el consejo y añaden que «por imperativo constitucional» los progenitores deben prestar asistencia de todo orden a los hijos durante su minoría de edad.
Por eso, las vocales ven justificada la validez del sistema actual en el que concurre el consentimiento de la menor con el de sus padres que, en caso de conflicto, se podría resolver a través de un procedimiento previsto en la propia norma que permitiera conciliar ambos intereses y conferir relevancia a su capacidad decisoria con los deberes de los representantes legales.

Eliminación de los días de reflexión

El anteproyecto elimina el periodo de tres días de reflexión obligatorios antes de someterse a un aborto. La propuesta de informe del CGPJ considera, sin embargo, que este periodo es un presupuesto necesario para una adecuada formación de la voluntad y para la adopción de una decisión «consciente y meditada».
También critican la eliminación de la práctica actual de entregar un sobre con información sobre recursos para la mujer que acude a abortar y que incluye las prestaciones y ayudas a la maternidad. El anteproyecto prevé que esta información sólo se le entregará a la mujer que lo pida.
El CGPJ advierte de que esto presupone que la mujer deba tener un previo conocimiento de la información que le interesa, porque en caso contrario difícilmente podrá requerirla, por lo que las ponentes consideran que se les estaría «privando o, cuando menos, dificultando» el acceso a la información sobre cuestiones que pudieran ser de su interés.
Sostienen que la información, para ser adecuada, completa y suficiente, no debe estar orientada exclusivamente a la práctica de la interrupción voluntaria del embarazo, sino también a la protección de la maternidad «sin introducir consideraciones éticas ni religiosas».
Defienden que el derecho al aborto se pueda ejercer en centros privados debidamente acreditados para mantener la libertad de elección de la mujer, frente a la propuesta de Igualdad de que la sanidad pública sea la red de referencia para abortar.
Sobre la objeción de conciencia de los sanitarios, las vocales piden que se concrete el acceso al registro de personas objetoras en un instrumento normativo de rango infraorgánico.
En cuanto a las bajas por menstruaciones incapacitantes, advierten de la ausencia de justificación en la regulación de la incapacidad temporal y señalan que la nueva normativa permitirá al empresario conocer cuál es el motivo de su ausencia al puesto de trabajo.
«Esta circunstancia puede provocar efectos totalmente contrarios a los pretendidos, haciendo surgir reacciones de marginación o estigmatización sobre las mujeres en general y sobre las que sufren los efectos de una menstruación incapacitante secundaria en particular», alertan.

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