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18 de mayo de 2024

gato

Varios gatos callejeros pasean por una ciudadFreepik

Estas son las multas e infracciones que contempla la ley de bienestar animal que ya está en vigor

Las sanciones pueden ir desde los 500 hasta a los 200.000 euros en función del tipo de vulneración que se cometa

Con la entrada en vigor este viernes de la ley de bienestar animal, existe mucha incertidumbre y mucho desconocimiento entre la población, especialmente entre los dueños de animales de compañía. Una ignorancia de la nueva norma que puede acarrear multas que pueden ascender hasta a los 200.000 euros, por lo que conviene saber de qué tipo de sanciones estamos hablando.
Cabe destacar, no obstante, que muchas de las novedades introducidas por el texto aún no se podrán aplicar debido a la ausencia de un reglamento que regule la ley. Este deberá aprobarse una vez se conforme un Gobierno, ya que el ejecutivo en funciones no puede darle luz verde. Entre ellos está la realización del curso de tenencia para dueño o la obligatoriedad de tener un seguro de responsabilidad civil.
En el capítulo II de la ley se enumeran los tipos de infracciones, que son tres: leves, graves y muy graves, que vienen a su vez aparejadas a tres tipos de sanciones.
De esta forma, se considera infracción leve toda conducta que, «por acción u omisión y sin provocar daños físicos ni alteraciones de su comportamiento al animal, conlleve la inobservancia de prohibiciones, cuidados u obligaciones establecidas legalmente o las derivadas del incumplimiento de responsabilidades administrativas por parte de los titulares o responsables del animal».
En el caso de las graves, son todas las conductas que «por acción u omisión y derivada del incumplimiento de las obligaciones o de la realización de conductas prohibidas impliquen daño o sufrimiento para el animal, siempre que no les causen la muerte o secuelas graves». Además, se añaden una serie de acciones en la norma, como alimentar a los animales con vísceras o mantener a perros y gatos en terrazas, patios o balcones.
Si continuamos con las muy graves, encontramos las siguientes:

infracciones muy graves

  • El incumplimiento de las obligaciones y prohibiciones exigidas por esta ley cuando se produzca la muerte del animal, siempre que no sea constitutivo de delito, así como el sacrificio de animales no autorizado.
  • La eutanasia de animales con medios inadecuados o por personal no cualificado.
  • El adiestramiento y uso de animales para peleas y riñas con otros animales o personas.
  • El uso de animales de compañía para consumo humano.
  • Dar muerte a gatos comunitarios fuera de los casos autorizados en esta ley.
  • La cría, el comercio o la exposición de animales con fines comerciales por personas no autorizadas o la venta de perros, gatos y hurones en tiendas de animales.
  • El uso de animales en actividades prohibidas, en particular en actividades culturales y festivas, en atracciones mecánicas, carruseles de feria, así como el uso de especies de fauna silvestre en espectáculos circenses.
  • El uso de la selección genética de animales de compañía que conlleve un detrimento para su salud.
  • La comisión de más de una infracción grave en el plazo de tres años, cuando así haya sido declarado por resolución administrativa firme.

Sanciones

La ley establece en su artículo 76 las sanciones correspondientes a las diferentes infracciones:
  • Las infracciones leves con apercibimiento o multa de 500 a 10.000 euros.
  • Las infracciones graves con multa de 10.001 a 50.000 euros.
  • Las infracciones muy graves con multa de 50.001 a 200.000 euros.
Además se añade que si concurre la reincidencia en la comisión de una infracción leve, o esta es continuada, «no procederá la sanción de apercibimiento». Además, los ingresos procedentes de las sanciones se destinarán a actuaciones que tengan por objeto la protección de los animales, según finaliza el artículo.
Junto a esta ley de bienestar animal fue tramitado también en paralelo un segundo proyecto de ley, el de reforma del Código Penal sobre maltrato animal, que entró en vigor el pasado mes de abril, y que ha endurecido las penas a los maltratadores de mascotas y ha establecido nuevas circunstancias agravantes de delito.
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