Fundado en 1910
Médico de familia

Médico de familiaFreepick

Sanidad adelanta a los 30 años las pruebas de cribado para este tipo de cáncer

La normativa amplía la cobertura en salud bucodental a personas con discapacidad, detallando criterios relacionados con el grado de discapacidad y la existencia de alteraciones conductuales

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este martes la incorporación de diversas novedades a la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud (SNS), a través de la Orden SND/454/2025, de 9 de mayo. La medida contempla la inclusión de nuevos programas de cribado, actualizaciones en la atención bucodental, la atención a distancia y cambios en el ámbito ortoprotésico, entre otros aspectos.

Nuevos programas de cribado

El Ministerio de Sanidad ha incorporado a la cartera común varios programas de detección precoz. Entre ellos destaca el cribado neonatal para la tirosinemia tipo I, una enfermedad endocrino-metabólica, y el de las cardiopatías congénitas críticas. Además, se han introducido modificaciones en el programa de cribado poblacional del cáncer de cérvix, para adaptarlo a los avances científicos y a las coberturas de vacunación contra el virus del papiloma humano (VPH).

Estas incorporaciones responden a propuestas formuladas por la Comisión de prestaciones, aseguramiento y financiación y la Comisión de Salud Pública, elevadas al Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (Cisns) para su aprobación, con el objetivo de homogeneizar la oferta de servicios preventivos en todo el país.

Actualización del cribado de cáncer de cuello de útero

El nuevo esquema de cribado poblacional del cáncer de cérvix establece que las mujeres de 25 a 29 años deben hacerse citología cada tres años, salvo aquellas adecuadamente vacunadas, en cuyo caso podrían comenzar a los 30 años, según el grado de implementación autonómica.

Además, las de 30 a 65 años tienen que hacerse una detección del VPH de alto riesgo como prueba principal. Si el resultado es negativo, la revisión se repetirá a los cinco años; si es positivo, se aplicarán protocolos de evaluación y seguimiento individualizado.

Se exigirá además que las comunidades autónomas registren detalladamente el historial vacunal de cada paciente. El nuevo sistema deberá implantarse progresivamente en un plazo máximo de tres años, con una cobertura estimada cercana al 100 % antes de finalizar 2029.

Avances en el cribado neonatal

Todas las comunidades autónomas deberán realizar cribados de al menos 12 enfermedades congénitas, eliminando así las disparidades regionales. Las enfermedades incluidas son: hipotiroidismo congénito, fenilcetonuria, fibrosis quística, MCADD, LCHADD, acidemia glutárica tipo I, anemia falciforme, déficit de biotinidasa, MSUD, homocistinuria, hiperplasia suprarrenal congénita y tirosinemia tipo I.

Además, se establece un sistema de información común que permitirá un seguimiento y evaluación homogénea de los programas de cribado, tanto a nivel autonómico como estatal. La adaptación de los programas deberá realizarse en el plazo de un año desde la entrada en vigor de la orden.

Atención bucodental a personas con discapacidad

La normativa amplía la cobertura en salud bucodental a personas con discapacidad, detallando criterios relacionados con el grado de discapacidad y la existencia de alteraciones conductuales. Esto busca asegurar una interpretación uniforme y un acceso equitativo a la prestación en todo el territorio nacional.

Atención sanitaria a distancia

Se introducen nuevos criterios para el uso de teleconsultas y herramientas de atención remota. Esta modalidad se reserva para personas que presenten dificultades de desplazamiento y necesiten seguimiento sanitario. La orden aclara los requisitos para acceder a esta atención no presencial.

Revisión de prestaciones ortoprotésicas

En el ámbito ortoprotésico, la orden contempla la reclasificación de productos, 25 tipos pasan de complejidad media (COMP2) a productos a medida (MED), lo que permite su elaboración individualizada y facilita su registro en el sistema SIRPO; mantenimiento de indicaciones específicas: se conserva la mención «para el paciente neurológico infantil» en la categoría OIT 070 (Ortesis dinámica antiequino tipo DAFO), pese a la solicitud de eliminación por parte del sector; y nuevos productos: se incluyen lentes de contacto específicas para corregir la afaquia en casos de catarata congénita infantil.

Modificaciones adicionales

Se mantiene en la cartera común el uso del dispositivo oclusor para la orejuela auricular izquierda, tras evaluar los estudios técnicos correspondientes, mientras que se excluye el uso del stent esofágico biodegradable para patologías benignas.

Con estas modificaciones, el Ministerio de Sanidad pretende actualizar y armonizar las prestaciones sanitarias públicas en España, garantizando una mayor equidad, accesibilidad y calidad en la atención.

comentarios
tracking