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Lanzan una guía con recomendaciones para que los provida puedan seguir yendo a las puertas de los centros de aborto

Todo ciudadano tiene derechos inviolables, entre ellos la libertad religiosa, la libertad de expresión y el derecho de reunión pacífica

La Fundación Española de Abogados Cristianos ha presentado una guía jurídica destinada a ofrecer seguridad legal a quienes, desde postulados provida, desean rezar e informar a mujeres en las inmediaciones de centros de aborto. El documento surge tras la reforma del Código Penal que introdujo el artículo 172 quater, con el objetivo de aclarar qué conductas pueden considerarse delito y cuáles forman parte del legítimo ejercicio de derechos fundamentales.

La modificación del Código Penal –impulsada en 2022 por el PSOE– incorporó el artículo 172 quater para sancionar el acoso a mujeres que acuden a centros de abortos cuando existan actos violentos, intimidatorios o coactivos que menoscaben su libertad.

Sin embargo, la Fundación subraya que la propia redacción del precepto exige la existencia de violencia, intimidación o actos objetivamente molestos que limiten la libertad de la mujer o del personal sanitario. Por ello, recalca que rezar en silencio o informar de manera respetuosa no encaja en el tipo penal. «Rezar nunca puede ser delito. La libertad religiosa y la libertad de expresión están protegidas por la Constitución», afirma la presidenta de la organización, Polonia Castellanos.

El aval de los tribunales

Como respaldo a esta interpretación, la Fundación recuerda la sentencia del Juzgado de lo Penal número 1 de Vitoria-Gasteiz, que absolvió a 21 personas acusadas de coacciones por rezar frente a la clínica Askabide, en la ciudad de Vitoria-Gasteiz. La jueza concluyó que no existió violencia ni hostigamiento, ni ambiental ni directo, descartando así la comisión de delito.

Asimismo, se menciona una resolución de un tribunal en Alemania en diciembre de 2021 que consideró ilegal cualquier restricción generalizada a personas provida que rezan o informan pacíficamente.

Derecho a informar y publicidad engañosa

La Fundación también pone el foco en la necesidad de garantizar información veraz a las mujeres. Recuerda que la Asociación de Clínicas Acreditadas para la Interrupción Voluntaria del Embarazo (ACAI) fue condenada por publicidad engañosa en relación con las secuelas del aborto, al igual que varios centros asociados.

Desde esta perspectiva, la organización sostiene que existe un conflicto de intereses cuando el mismo centro que practica abortos es quien asesora a la mujer, dado que la decisión de no abortar implicaría la pérdida de un beneficio económico. Por ello, consideran un deber cívico ofrecer información alternativa sobre ayudas a la maternidad y recursos de apoyo.

Recomendaciones prácticas

  • La guía jurídica detalla una serie de recomendaciones para evitar cualquier riesgo legal:
  • Mantener siempre una actitud pacífica y respetuosa.
  • No obstaculizar el acceso a los centros ni el tránsito en la vía pública.
  • Evitar la insistencia reiterada o el contacto físico.
  • Dialogar con las fuerzas de seguridad desde el respeto, solicitando identificación si procede.
  • Recordar que para que exista concentración ilegal deben reunirse más de 20 personas y que la ley no establece actualmente una distancia concreta respecto al

La Fundación recalca que el artículo 172 quater no penaliza el mero hecho de rezar o informar, sino conductas concretas de acoso con violencia o intimidación. Además, ofrece asistencia jurídica gratuita a quienes puedan verse afectados por denuncias o sanciones administrativas.

Defensa de derechos fundamentales

En su comunicado, la entidad insiste en que todo ciudadano tiene derechos inviolables, entre ellos la libertad religiosa, la libertad de expresión y el derecho de reunión pacífica. Desde su ideario, que promueve la defensa de la vida desde la concepción hasta la muerte natural, consideran esencial proteger el derecho de las mujeres a recibir información completa y el de los ciudadanos a expresarse públicamente sin incurrir en ilícitos.

La publicación de esta guía se enmarca en un contexto de debate social y jurídico sobre los límites entre el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo y la libertad de quienes defienden alternativas. Para la Fundación, la clave está en el respeto: respeto a la ley, a las personas y a la vida.

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