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29 de marzo de 2024

Beber cerveza en el trabajo no significa que no se pueda trabajar

El trabajador acusado bebía hasta siete litros de cerveza al día en compañía

Laboral

Cerveza, vino y orujo… el calor murciano y la sorprendente sentencia sobre un despido

Una detective prueba que un electricista consumía varios litros de alcohol al día, pero el juez no ha dado la razón a la empresa

Un buen abogado lo es todo cuando el peso de la ley esta a punto de hacerte perder tu trabajo. Eso es lo que debió pensar un electricista murciano aficionado a beber en horario laboral al que su empresa no ha podido despedir.
Después de 27 años, este empleado fue seguido por un detective privado para determinar si su afición a beber en horario laboral era motivo suficiente como para que fuese expulsado de la empresa.

Bebiendo todo el día

El informe detallaba que un 5 de julio fue visto junto a un compañero tomando una copa a las 08:27 de la mañana, comiendo un trozo de pan con cuatro latas de cerveza y una botella de litro, también de cerveza. Por la tarde, su cuerpo necesitó otras dos latas de cerveza y, una vez terminadas, llevó el coche de empresa al aparcamiento de la sede.
En el juicio fueron presentados más informes de este investigador donde aseguraba que, junto a dos amigos, había consumido siete litros de cerveza entre las 12 de la mañana y las tres de la tarde. Días más tarde, la escena se repitió con una botella de cerveza durante el almuerzo, junto a tres copas de vino en la comida y, un vasito de aguardiente de orujo, para hacer la digestión.
Con todo esto, el abogado defensor de este electricista solo tuvo que preguntar a la acusación sobre si todo este alcohol había sido consumido por su cliente y, si de haberlo hecho, había mermado su capacidad de trabajo.
Las dudas que sembró en el juez del Tribunal Superior de Justicia de Murcia junto a la falta de pruebas que asegurasen su estado de embriaguez o su incapacidad para trabajar, impidieron el despido y obligaron a la empresa a reintegrarle 47.000 euros en concepto de indemnización.

Sin pruebas

El tribunal fue contundente con la acusación, «no existe prueba documental, pericial o testimonial que demuestre de manera inequívoca que el hombre se encontraba bajo los efectos del alcohol y estaba ebrio, intoxicado o borracho».
Y, por si fuera poco, añadió que «Tampoco se ha probado, ni siquiera circunstancialmente, que sus facultades físicas y mentales estuvieran reducidas o disminuidas durante sus tareas como electricista, ni que estuviera impedida cuando conducía la camioneta de la empresa al final de la jornada laboral».

El calor de Murcia

Al estar con más amigos o compañeros, la sentencia aseguraba que era imposible saber cuánto bebía el acusado y cuánto sus compañeros «ya sea de forma saludable o no».
Para rematar el escrito, el juez quiso ampararse en el calor cuando escribió que «Otro factor a tener en cuenta es que se trata del mes de julio en Murcia y Cartagena, donde se deben considerar las condiciones climáticas y los hábitos geográficos».
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