
Aviones de Iberia en Barajas
¿Indemnización? ¿Reembolso? A qué tengo derecho si han cancelado mi vuelo en Reyes por la huelga en Iberia
Más de 45.600 pasajeros se verán afectados por el paro, mientras la aerolínea culpa a los trabajadores de generar «un daño innecesario»
Año nuevo, problemas viejos para los pasajeros aéreos. El 2024 arrancará con una doble huelga que afecta a los viajes por avión: un paro en las torres de control del aeropuerto de Barajas y, sobre todo, una huelga de los trabajadores de handling de Iberia, que ha obligado a la aerolínea a cancelar 444 vuelos entre los días 5, 6, 7 y 8 de enero.
Dichas cancelaciones afectarán a 46.500 pasajeros, que tienen diversos derechos, según recuerdan desde el ministerio de Consumo y Derechos Sociales.
Desde el ministerio recomiendan consultar la información proporcionada por la compañía aérea en aeropuertos o sitios webs, consultando qué dice el contrato de transporte sobre los derechos que asisten a los pasajeros en caso de cancelación.
Derechos de los pasajeros afectados por una huelga aérea
- Derecho de información. Se tiene derecho a recibir un documento informativo en el que se indiquen las normas en materia de compensación y asistencia en caso de cancelación de su vuelo.
- Derecho de atención. La compañía debe ofrecer atención al pasajero mientras espera el vuelo de vuelta o vuelo alternativo. En caso de que la compañía no la ofrezca, el pasajero debe guardar los recibos de los gastos para reclamarlo a la compañía. Dicha atención incluye el ofrecimiento de comida y bebida suficientes, la posibilidad de realizar dos llamadas telefónicas o acceder al correo electrónico, alojamiento en hotel si es necesario pernoctar o una estancia adicional a la prevista por el pasajero
- Derecho de reembolso o transporte alternativo. La compañía aérea debe ofrecer la posibilidad de elegir entre al menos tres opciones. En caso de que la compañía no las ofrezca y se opte por adquirir un nuevo billete, se deberá guardar el recibo y tarjeta de embarque del nuevo billete para reclamar los importes a la compañía aérea.
Hay tres opciones: reembolso del coste íntegro del billete dentro de los 7 días siguientes a la cancelación del vuelo; transporte alternativo a su destino final lo más rápidamente posible y en condiciones de transporte comprables, y transporte alternativo en una fecha que convenga al pasajero. - Derecho de compensación. En caso de cancelación, se tiene derecho a una compensación económica de entre 250€ y 600 €, dependiendo de la distancia del vuelo, salvo en los siguientes supuestos: la compañía aérea le ha informado de la cancelación 14 días antes del vuelo programado; la compañía aérea le ha informado de la cancelación entre dos semanas y 7 días antes del vuelo programado y le ha ofrecido un transporte alternativo que sale con no más de 2 horas de
antelación y llega al destino final con menos de 4 horas de retraso; o si la compañía aérea le ha informado de la cancelación con menos de 7 días de antelación y le ha ofrecido un transporte alternativo que sale con no más de 1 horas de antelación y llega al destino final con menos de 2 horas de retraso.
La huelga «no constituye una circunstancia extraordinaria que exima a la compañía aérea de su obligación a la hora de abonar una indemnización», según Consumo
Fuentes de Iberia han reiterado la disposición al diálogo de la compañía, siempre y cuando se desconvoquen los paros, «que van a causar un daño innecesario e injustificado a los miles de viajeros que vuelven en esas fechas de sus vacaciones de Reyes».
En este sentido, desde Iberia insisten en que «el V Convenio del Sector garantiza absolutamente todos los puestos de trabajo así como todas las condiciones salariales y extrasalariales de por vida en un proceso subrogación».
«Una vez más los consumidores se ven afectados por los conflictos laborales en fechas clave» ha criticado por su parte la Asociación Española de Consumidores en un comunicado. Asescon insiste en que, aún siendo respetuosos con el derecho de huelga, no les gusta que los consumidores se vean afectados por un conflicto laboral en un periodo de traslados masivos por parte de los ciudadanos.