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27 de abril de 2024

Las mascotas no pueden heredar

Las mascotas no pueden heredar

¿Pueden heredar las mascotas con la Ley de Bienestar Animal?

La ley permite fijar que un heredero reciba los bienes de la herencia hasta que no se haga cargo del animal

Los animales han pasado a tener más derechos en España tras la aprobación de la Ley de Bienestar Animal de 2023 y, antes, con la modificación del Código Civil realizada en 2021. Esto ha llevado a que los animales pasasen de ser considerados objetos a ser tratados como seres sintientes, algo que en términos jurídicos nunca ha sido así.
Desde Heritae, la primera startup española dedicada a la gestión integral de herencias, recuerdan que «la legislación española no permite que los animales hereden». El sistema legal se basa en reconocer a las personas como los beneficiarios principales de las herencias. Los animales, al no tener capacidad legal para poseer bienes, no pueden heredar directamente.

Los animales, al no tener capacidad legal para poseer bienes, no pueden heredar directamente

«El Código Civil determina que para tener capacidad para suceder en la herencia es necesario que sean sujeto de derecho, es decir, que sean personas físicas o personas jurídicas; que tengan capacidad para suceder y que sobrevivan al testador», detallan desde Heritae.

Alternativas

Sin embargo, existen alternativas para asegurar el cuidado y el bienestar de una mascota después de la muerte de su dueño. Una opción común es incluir disposiciones específicas en el testamento para designar a una persona de confianza como el cuidador de la mascota y asignar fondos para su atención, cubriendo gastos como alimentación, atención veterinaria y otros cuidados necesarios. Esto se hace estableciendo un legado o condición en el testamento.
«No se puede obligar a nadie a que se haga cargo del animal de compañía, pero sí es posible condicionar la herencia a su cuidado», comentan y añaden que «se puede fijar que un heredero o varios no reciban los bienes de la herencia hasta que no se hagan cargo del animal de compañía o que puedan perder los bienes dejados en la herencia en caso de que dejen de hacerse cargo del animal».

No se puede obligar a nadie a que se haga cargo del animal de compañía, pero sí es posible condicionar la herenciaHeritae

También cabe la posibilidad de que la mascota no aparezca en la herencia. Según Heritae, «si hay un heredero que lo reclama, se le entregará a esta persona, si hay varios herederos que lo reclaman y no hay acuerdo unánime sobre su destino, será el juez el que decida con quien se queda y si ningún heredero lo reclama ni quiere hacerse cargo será la Administración la que lo cederá a un tercero bien a una protectora para se hagan cargo».
Los abogados de Heritae recuerdan que «las leyes han convertido a los animales de compañía en parte importante de la vida de sus dueños y eso se ha traducido en que pueden formar parte de las herencias en mayor medida que se venía haciendo hasta ahora».
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