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Mapa político de España en 1850

Mapa político de España en 1850E. D.

Historia económica del cupo vasco-navarro que Cataluña anhela

¿Por qué Cataluña nunca ha tenido un concierto económico como el del País Vasco o Navarra? La respuesta es clara, porque sus políticos no lo han querido

En el año 1200 los territorios de Vizcaya, Álava, Guipúzcoa y Duranguesado se incorporaron a la corona de Castilla, bajo el reinado de Alfonso VIII, conservando sus instituciones. Este privilegio, conocido como «Lege Zaharra» (Ley vieja) les reconocía a estos territorios como zona exenta de impuestos y se les respetaba su organización interna. Los fueros de Navarra existen desde el siglo XIII, con el Fuero General de Navarra, promulgado en 1237. Este fue un hito importante en la historia de Navarra, estableciendo leyes y límites a la Corona. Posteriormente, se desarrolló y consolidó un sistema foral que perduró hasta el siglo XIX. Los fueron incluso se mantuvieron en el 1512, cuando Navarra fue incorporada a la corona de Castilla.

Los fueros vascos continuaron así hasta el siglo XIX. Incluso en el 1839, en el llamado «Abrazo de Vergara», que puso fin a la I Guerra Carlista, se respetaron con la Ley de Confirmación de Fueros, pactada por el general Baldomero Espartero y el general carlista Rafael Maroto.

No ocurrió lo mismo al término de la III guerra Carlista. Los fueros fueron derogados pasando a ser concierto. Teniendo en cuenta las dificultades económicas posteriores a la guerra, se decidió cambiar la ley. En vez de administrar todo el dinero, sin aportar nada al Estado, las administraciones vascas tenían la obligación de entregar una parte de los impuestos recaudados.

Derogado por Franco, recuperado por la Constitución

El 23 de junio de 1937, cuatro días después de la toma de Bilbao, Francisco Franco firmó un Decreto en Burgos por el que se derogaba el Concierto Económico en Vizcaya y Guipúzcoa como castigo por haberse mantenido leales a la II República, declarándolas, además, provincias traidoras. En el artículo primero del decreto leemos...

«Desde el día primero de julio próximo, la gestión y recaudación de todas las contribuciones, rentas e impuestos ordinarios y extraordinarios del Estado, se realizará en las provincias de Guipúzcoa y Vizcaya, con arreglo al régimen común vigente y en la forma que establecen las disposiciones de la Hacienda pública que constituye la norma general de la Administración nacional. Queda, por tanto, sin efecto en aquellas provincias, desde la indicada fecha, el régimen concertado con sus Diputaciones que en materia económica estaba vigente en la actualidad».

Los motivos los explicó José María Oriol Urquijo, jefe de la Junta Carlista de Guerra de Vizcaya, diciendo que «nosotros perdonamos todas las ofensas personales, pero los delitos de lesa Patria, el delito de traición, no somos nosotros los llamados a perdonarlos porque fue Cristo el que nos enseñó que hay veces que es necesaria la ira santa para castigar a aquellos que vienen a mancillar una Patria milenaria».

En 1978, con la Constitución y el Estatuto de autonomía, el nuevo concierto vasco de 1981, estableció un cupo, un pago anual al Estado por competencias no transferidas como infraestructuras y defensa. Se estableció que el País Vasco desembolsaría el 6,24 % del gasto del Estado de los impuestos recaudados. Con lo cual, desde 1981, el cupo lo pacta el País Vasco con el Estado y lo ratifica el Congreso. En el caso de Navarra, en su articulado, leemos que «en virtud de su régimen foral, Navarra tiene potestad para mantener, establecer y recaudar su propio régimen tributario». Este es similar al vasco y, por lo tanto, ambos pactan el cupo conjuntamente con el Estado.

Desde 1981 el cupo lo pacta el País Vasco con el Estado y lo ratifica el Congreso

¿Cómo funciona el cupo vasco y navarro? El cupo bruto, ese 6,24 %, es el coste de infraestructuras y defensa. A esto debe establecerse cuánto dinero ha invertido el Estado. A la primera cifra se le resta la segunda. Si la inversión es inferior al cupo bruto, el Estado ha de devolverle dinero. Si es superior, las dos comunidades deben compensar el dinero invertido de más con respecto a ese 6,24 % establecido desde 1981.

El País Vasco y Navarra, como consecuencia del concierto, están exentos de recibir dinero del Fondo de Liquidez Autonómico. Es decir, el concierto obliga a estos gobiernos a recaudar de forma intensiva, el máximo posible, y a gastar con cuidado. Si no recaudan lo suficiente o gastan más de los ingresados, el Estado no los ayudará o compensará como a las otras Comunidades Autónomas que sí tienen la obligación de hacerlo, porque su régimen económico es general y no por concierto.

Pujol sabía que Cataluña no podía mantener una Hacienda propia

¿Por qué Cataluña nunca ha tenido un concierto económico como el del País Vasco o Navarra? La respuesta es clara, porque sus políticos no lo han querido. Y aunque esta es la realidad del asunto, vamos a profundizar sobre el particular.

Cuando se defendió, en 1979, una ponencia redactada por Ramón Trías Fargas, en la cual se incluía un proyecto negociado con Madrid, vinculado con el debate que había mientras se redactaba el Estatuto de Autonomía, esta ponencia ofrecía una versión revisada del concierto vasco para Cataluña. Pues bien, la ponencia fue rechazada por todos los grupos políticos catalanes, a excepción de Convergència Democràtica de Catalunya, al considerar imposible que fuera aceptada la misma por el gobierno español.

Cataluña no se podía beneficiar de ese concierto porque sus fueros desaparecieron en 1716, con el Decreto de Nueva Planta de Felipe V, y no los recuperó nunca. En 1983, ERC quiso reformar el Estatut e incluir un modelo de financiación similar al vasco. El presidente de la Generalidad, Jordi Pujol, rechazó la propuesta de ERC por dos motivos. Por una parte, la crisis industrial era bastante grave en Cataluña, con un gran desempleo en bastantes municipios. En segundo lugar, establecer una Hacienda catalana propia podría empeorar las cosas, al no tener capacidad de crearla y mantenerla.

En 1993 Cataluña consiguió incrementar el volumen de los impuestos cedidos, parte del IVA y del IRPF, volviendo a aumentarlo en 1996, con el pacto del Majestic, firmado por José María Aznar y Jordi Pujol. El Parlamento de Cataluña, en 1999 y 2002, se volvió a plantear cambiar el sistema de financiación, y volvió a ser rechazado, al considerar que la propuesta no era viable. El Estatuto de 2006, regalo de Rodríguez Zapatero a Pasqual Maragall, no introdujo grandes novedades, a excepción que una nueva Agencia Tributaria de Cataluña pudiera, en un futuro, cobrar y gestionar la totalidad de los impuestos, siempre acordado con el Estado. El 28 de junio de 2010, el Tribunal Constitucional sentenció sobre el Estatut de 2006, anulando la agencia tributaria catalana y otras estructuras, pero también avaló gran parte del texto estatutario, generando un debate sobre la autonomía catalana y el alcance de las competencias de la Generalitat.

El 20 de septiembre de 2012, el presidente de la Generalidad, Artur Mas, con la caja de esta institución en quiebra, pidió a Mariano Rajoy una reorientación del sistema de financiación. El presidente Rajoy le dijo que el pacto fiscal, teniendo en cuenta la Constitución, era inviable. Mas le respondió «o aceptas el pacto o te atiendes a las consecuencias». Y «las consecuencias» han sido el procés que se ha vivido desde 2012, no por un presunto derecho de autodeterminación, sino por la quiebra económica de la Generalidad. Una quiebra que, en vez de atenuarse, se ha multiplicado por culpa de la política secesionista de los líderes catalanes, incapaces de resolver cualquier problema económico y esconderse detrás del «España nos roba» y del procés.

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