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Qué debes hacer si encuentras vicios ocultos en tu nueva casa

Qué debes hacer si encuentras vicios ocultos en tu nueva casa

Consultorio inmobiliario

He comprado una vivienda y, al mudarme, he descubierto defectos que no vi durante las visitas, ¿puedo reclamar al vendedor?

Víctor Ortiz y Miguel Gutiérrez, abogados y expertos inmobiliarios, aconsejan sobre qué hacer cuando se encuentran vicios ocultos en un casa

El Debate ofrece un servicio de asesoramiento inmobiliario de la mano de los expertos Víctor Ortiz y Miguel Gutiérrez. Los lectores pueden enviar sus preguntas a través del formulario insertado bajo estas líneas.

— He comprado una vivienda y, al mudarme, he descubierto defectos que no vi durante las visitas, ¿puedo reclamar al vendedor?

En determinadas circunstancias puedes reclamar al vendedor si, una vez adquirida la vivienda, descubres defectos que no eran visibles durante las visitas ni podían detectarse mediante una revisión ordinaria.

Estos casos se conocen como vicios ocultos, es decir, defectos graves preexistentes a la compraventa que afectan al uso o habitabilidad de la vivienda y que el comprador no pudo conocer actuando con una diligencia normal.

Estos casos se conocen como vicios ocultos, es decir, defectos graves preexistentes a la compraventa

Para que prospere una reclamación por vicios ocultos, generalmente deben cumplirse los siguientes requisitos:

● Que el defecto existiera antes de la compraventa.

● Que fuera oculto o no fácilmente apreciable por el comprador.

● Que tenga cierta gravedad y disminuya significativamente el valor o la utilidad de la vivienda.

●Que el comprador no conociera su existencia al momento de adquirir el inmueble.

Algunos ejemplos habituales son problemas estructurales, humedades graves ocultas, defectos en instalaciones eléctricas o de fontanería, filtraciones no aparentes o patologías constructivas relevantes.

En estos casos, el comprador puede solicitar la resolución de la compraventa con devolución del precio o una reducción proporcional del mismo, además de una posible indemnización por daños y perjuicios si se acredita que el vendedor conocía los defectos y los ocultó de forma deliberada.

El comprador puede solicitar la resolución de la compraventa con devolución del precio o una reducción proporcional del mismo

Es importante tener en cuenta que la acción por vicios ocultos está sujeta a plazos legales relativamente breves (generalmente 6 meses), por lo que conviene actuar con rapidez y recopilar pruebas, siendo especialmente recomendable obtener un informe pericial que acredite la existencia, origen y antigüedad de los defectos detectados.

En definitiva, si los problemas descubiertos son anteriores a la compra y reúnen las características de un vicio oculto, sí podrías reclamar al vendedor. Lo más aconsejable es analizar el caso concreto y la documentación disponible para valorar la viabilidad de la reclamación.

Asesores inmobiliarios

Víctor Ortiz es abogado experto en Derecho de Sucesiones e Inmobiliario y perito judicial en valoraciones inmobiliarias. Comenzó su carrera profesional en el Banco Santander en Estados Unidos, donde trabajó durante dos años en banca de inversión. Regresó a España y cofundó la startup inmobiliaria Clicpiso y ahora se dedica a democratizar herencias en Heritae, además de invertir en proyectos inmobiliarios.

Miguel Gutiérrez es abogado especializado en asesoría jurídica de sociedades y Ley de Propiedad Horizontal. Comenzó su carrera profesional en un despacho de administración de fincas en Madrid, donde trabajó durante más de dos años como administrador y asesor legal. Actualmente, se dedica a ofrecer sus servicios en Heritae.

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