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¿Puedes cobrar el IMV si vuelves a vivir con tus padres?

La Seguridad Social permite cobrar esta prestación en determinados casos, siempre que se cumplan los requisitos de independencia y vulnerabilidad

Volver a vivir con los padres tras perder el empleo, una separación o por dificultades económicas es una situación cada vez más frecuente. Lo que muchas personas desconocen es que hacerlo no supone perder automáticamente el derecho al Ingreso Mínimo Vital (IMV). La Seguridad Social contempla expresamente esta posibilidad para quienes, pese a compartir vivienda con sus progenitores, no forman parte de su unidad de convivencia y cumplen el resto de condiciones exigidas.

La clave no está en compartir domicilio, sino en la composición de la unidad de convivencia. Para acceder a la prestación, el solicitante debe acreditar que constituye una unidad independiente a efectos legales y económicos.

Esto implica, entre otros requisitos, no formar parte de un matrimonio –salvo que exista un procedimiento de separación o divorcio–, no mantener una pareja de hecho y no estar integrado en otra unidad de convivencia reconocida.

Los requisitos cambian según la edad

Las condiciones varían en función de la edad del solicitante.

Quienes tengan entre 23 y 29 años deben demostrar que han vivido de forma independiente durante al menos los dos años anteriores a la solicitud. Además, deben haber residido legalmente en España durante ese mismo periodo y acreditar al menos un año de cotización a la Seguridad Social dentro de esos dos ejercicios. Estas exigencias no se aplican a quienes hayan abandonado su domicilio por violencia de género o como consecuencia de un proceso de separación.

En el caso de las personas de 30 años o más, el requisito es más sencillo: basta con acreditar que durante el año anterior residieron en un domicilio distinto al de sus padres, tutores o acogedores, salvo determinadas excepciones previstas por la normativa, como el fallecimiento de los progenitores.

El nivel de ingresos sigue siendo determinante

Además de cumplir los requisitos de convivencia, el solicitante debe encontrarse en una situación de vulnerabilidad económica.

Para una persona que vive sola y no tiene menores a cargo, la renta garantizada se sitúa actualmente en 733 euros mensuales. En la práctica, esto significa que quienes perciban ingresos inferiores a esa cantidad pueden tener derecho a la prestación si cumplen el resto de condiciones.

Por ejemplo, una persona que ingrese 500 euros al mes por un trabajo, una pensión o una prestación podría recibir un complemento del Ingreso Mínimo Vital hasta alcanzar la renta garantizada que le corresponda.

Lo esencial

  • Compartir vivienda con los padres no impide cobrar el IMV.
  • Es necesario demostrar que no se forma parte de su unidad de convivencia.
  • Entre los 23 y los 29 años existen requisitos adicionales de independencia y cotización.
  • También deben cumplirse los límites de ingresos establecidos para acceder a la prestación.

Antes de presentar la solicitud, la Seguridad Social recomienda comprobar que se cumplen todos los requisitos de convivencia, residencia e ingresos, ya que la prestación se concede tras analizar conjuntamente todas estas circunstancias.

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