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19 de abril de 2024

Juana Rivas en Granada, en 2017

Juana Rivas en Granada, en 2017GTRES

Tras el indulto

Juana Rivas recupera la patria potestad de sus hijos con tres meses de servicios sociales y un curso de «capacitación» maternal

El Supremo rechazó por unanimidad el recurso contra el indulto concedido por el Gobierno a la malagueña condenada a dos años y medio de prisión por un delito de sustracción de menores

La Sección Quinta de la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Supremo desestimaba, por unanimidad, el recurso planteado por el padre italiano Francesco Arcuri contra el decreto con el que el Consejo de Ministros aprobó, el pasado 6 de noviembre de 2021, el indulto de Juana Rivas, la madre malagueña condenada por secuestrar a sus propios hijos menores de edad. Con la decisión del Alto Tribunal –ponencia del magistrado Wenceslao Olea– la medida de gracia se convertía en firme y ponía en marcha el contador para que Rivas recupere, antes de final de año, la patria potestad compartida de los dos niños, al menos, en España. Para ello, deberá cumplir con 180 días de trabajos sociales y superar un curso de parentalidad, con una duración de 60 días más, según lo previsto por el Gobierno como reemplazo a la privación actual.

La Corte de Cagliari concedió, en 2019, la custodia en exclusiva al padre, Francesco Arcuri, porque el secuestro cometido por la madre había provocado «un daño psicológico» grave en los menores

El procedimiento familiar continuará en Italia donde la Corte de Cagliari ha fijado una nueva vista el próximo 30 de septiembre, al hilo de las diferentes denuncias registradas por Rivas contra Arcuri por presunto maltrato a los hijos en común. Hasta la fecha, el tribunal ha fallado siempre a favor del padre –otorgándole la guarda y custodia en exclusiva, el 20 de marzo de 2019– a cargo de los dos menores en común con su expareja, Juana Rivas. El juez italiano consideró que el comportamiento de la madre granadina había provocado un «daño psicológico» del que la mujer no era consciente.
Desde entonces, se ha venido cumpliendo un régimen de visitas «en fines de semana alternos» con recogida y devolución «en el colegio en el que están matriculados» los pequeños. Será después de verano cuando la Justicia italiana revise, a petición de Rivas, aquella decisión, una vez que el juez instructor de la causa solicitase varios informes psicológicos y de los profesores de los niños para tomar la que será su decisión definitiva.
La Justicia española, en primera instancia, retiró la patria potestad a la madre malagueña que, el verano de 2017, se pasó más de un mes en paradero desconocido incumpliendo con las resoluciones judiciales que le obligaban a entregar a los niños a su expareja. Por estos hechos, el 27 de julio de 2018, el Juzgado de lo Penal número 1 de Granada condenó a Juana Rivas a cinco años de prisión por sendos delitos de sustracción de menores. Una doble decisión que fue confirmada, posteriormente, por la Audiencia Provincial de Granada.
La pena impuesta fue recurrida ante un Supremo dividido que, a finales de abril de 2021, acordaba rebajar a la mitad la pena de cárcel tras considerar que, aunque secuestró a dos niños, cometió un único delito al producirse en el seno de la misma unidad familiar. Así las cosas, unos meses más tarde –y con el informe en contra del Alto Tribunal sentenciador– el Gobierno daba luz verde al indulto parcial. La Audiencia Provincial de Granada acordó, entonces, suspender la pena de prisión que le restaba por cumplir y dejar en espera las sanciones sustitutivas previstas por el Gobierno que, tras el pronunciamiento, tendrán que hacerse ejecutar.

Una decisión «compleja»

Los magistrados deliberaron durante más de dos horas sobre los argumentos aportados por Francesco Arcuri, en contra del perdón político a Juana Rivas –y los contraargumentos esgrimidos por Abogacía del Estado y Fiscalía, a favor del decreto del Gobierno– entre los que se encontraban la «sorprendente urgencia» por parte del Ejecutivo socialista para tramitarla, a su juicio, arrogándose competencias reservadas a los tribunales.
Aunque el contenido íntegro de la sentencia no se ha hecho público todavía, la Sala sufrió grandes discrepancias a la hora de desestimar, en bloque, el recurso planteado contra el polémico indulto parcial.
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