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El ministro de la Presidencia, Félix Bolaños, y el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez

El ministro de la Presidencia, Félix Bolaños, y el presidente del Gobierno, Pedro SánchezEuropa Press

El Debate accede a la orden ministerial

Bolaños recurre a un parche normativo ante el caos del nombramiento de interinos en la Justicia

El titular de la cartera trata de identificar los puestos reales de las oficinas judiciales tras el colapso provocado por la entrada en vigor de la Ley de Eficiencia

El Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, intenta atajar el caos en los nombramientos de funcionarios interinos en la Administración de Justicia que se han visto agravados con la entrada en vigor de la polémica Ley de Eficiencia, tras la implantación de los tribunales de instancia. Para ello quiere aprobar una norma, a cuyo borrador ha accedido El Debate, para poner algo de orden en lo que en las administraciones públicas se conoce como relación de puestos de trabajo, o RPTs. Se trata de una especie de mapa donde se deja constancia de la denominación del puesto, la descripción del mismo, la retribución que se recibe, el tipo de personal (funcionario, laboral...), etc. Y, además, cada puesto tiene asignado un código de identificación.

El ministerio de Bolaños ha redactado para ello una orden - en consecuencia de la aprobación de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero-, que según su punto de vista «ha supuesto un cambio estructural en la organización judicial de nuestro país» y que supone «una profunda modificación organizativa de los órganos judiciales, con la reordenación de los puestos de trabajo del personal al servicio de la Administración de Justicia». Así lo señala el texto al que ha tenido acceso El Debate.

Dicha modificación -continúa el preámbulo- trae consigo una identificación singularizada de todos los puestos de trabajo, que pone fin al anterior sistema de plantillas de los Juzgados y Tribunales, que dejaba cierta indefinición a la hora de identificar la plaza o puesto de trabajo en concreto que ocupaba el personal interino.

La orden se centra concretamente en la selección, propuesta y nombramiento de funcionarios interinos para cubrir puestos de funcionarios de carrera.

El preámbulo de la norma reconoce que, hasta ahora, cuando había más de un interino en una oficina en la que estos son reemplazados por funcionarios de carrera, se terminaba echando al que había sido nombrado más recientemente.

Con la nueva norma, «en los casos en los que la plaza que ocupa el interino tenga asignado un código de (...) identificación, cuando un funcionario titular pase a ocupar dicha plaza, deberá cesar el interino que la estuviera ocupando temporalmente». El procedimiento que tenía el Ministerio, consistente en cesar al más reciente, queda ahora solo como subsidiario.

Una única regla

La norma también reconoce que ahora se busca dotar de «seguridad jurídica» al interino que debe ser cesado y además «no favorecer la prolongación de situaciones de interinidad en los puestos de trabajo», dado que anteriormente se mantenía en su puesto interino al funcionario con mayor antigüedad.

El Consejo de Estado, el mayor órgano consultivo del Gobierno, llama la atención sobre el hecho de que el Gobierno solo contaba con el despido del interino más nuevo como «única regla para determinar qué interino debía ser cesado», señala en el dictamen sobre la orden al que ha tenido acceso El Debate.

El órgano consultivo recuerda, además, que el nuevo sistema adoptado de «asignación de códigos a cada puesto de trabajo en las distintas RPTs [relación de puestos de trabajo] es muy habitual en el régimen de la función pública de la Administración General del Estado, que suele identificar los puestos de trabajo de cada RPT con un código numérico».

Dicho de otro modo, el Consejo de Estado deja constancia de que Justicia no tiene codificados los puestos de trabajo en los tribunales.

«El Consejo valora favorablemente esta opción y considera que, efectivamente, contribuirá a prevenir la temporalidad en este ramo de la Administración. Siempre y cuando, claro está, las múltiples RPTs que hayan de aprobarse en los diversos órganos judiciales según la nueva organización diseñada por la Ley Orgánica 1/2025 incluyan los pertinentes códigos identificativos de cada puesto de trabajo», concluye.

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