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DIRECTO | Begoña Gómez declara en la Asamblea de Madrid por la cátedra de la Complutense

Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno Pedro Sánchez

Begoña Gómez, a un paso del banquillo: así ha sido procesada la mujer del presidente del Gobierno

Tras casi dos años de pesquisas, el juez Peinado decidía darlas por concluidas y sentarla en el banquillo desechando el intrusismo profesional

Después de meses de periplo judicial, Begoña Gómez —esposa del presidente del Gobierno Pedro Sánchez— ha sido procesada por cuatro presuntos delitos. El magistrado Juan Carlos Peinado, titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid, daba por concluida la fase de investigación el pasado 13 de abril.

La resolución dictada por el juez es la concreción de los cargos, decidiendo procesar a Begoña Gómez por cuatro de los cinco delitos que sopesaba la instrucción: tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida y malversación de caudales públicos. El magistrado ha considerado que existen indicios suficientes para sostener que la investigada se aprovechó de su posición como esposa del jefe del Ejecutivo para sus intereses empresariales y personales. Asimismo, el auto dejaba fuera el delito de intrusismo profesional al considerar que sólo constaba algún «indicio endeble» pero no evidencias sólidas de la comisión del ilícito. Así, se pone la lupa en la gestión económica y las influencias de la esposa de Sánchez.

Cartas de recomendación y adjudicaciones

Hay que remontarse a la primavera de 2024, cuando Manos Limpias denunció la relación de Gómez con el empresario Juan Carlos Barrabés. Se investiga si la mujer del presidente del Gobierno firmó cartas de recomendación para la adjudicación de contratos públicos por un valor superior a 10 millones de euros, especialmente por medio de la entidad pública Red.es.

Este esquema de presunto tráfico de influencias se entrelaza con el delito de corrupción en los negocios. Las pesquisas judiciales sostiene que estas adjudicaciones no fueron aleatorias, sino fruto de una contraprestación por el apoyo que Barrabés brindó a la cátedra extraordinaria de Transformación Social Competitiva que Gómez codirigía en la Complutense. La instrucción evidenciaba cómo la figura de la mujer de Sánchez, al convertirse en nexo de los fondos públicos y los empresarios, habría vulnerado los principios de imparcialidad y libre concurrencia.

La Universidad Complutense y el software

Otro de los pilares fundamentales del caso es el uso que Begoña Gómez hizo de los recursos de la Universidad Complutense de Madrid. En este punto se sustenta la acusación de apropiación indebida. Según el juez Peinado, Gómez habría registrado a su nombre un software de sostenibilidad desarrollado para la cátedra. Su creación fue financiada —unos 150.000 euros —por empresas como Telefónica, Indra y Google. La universidad, que participó del proceso, denunció que la titularidad de dicha herramienta digital debería haber recaído en la institución y no en una sociedad privada propiedad de Gómez.

Pese a que el delito de intrusismo ha sido descartado, la apropiación de este activo sigue siendo una de los elementos sólidos de la acusación. Según el magistrado, ella quiso apropiarse de un proyecto institucional financiado por terceros bajo el paraguas de una cátedra universitaria para la que ni siquiera tenía el título necesario.

Moncloa, bajo la lupa

La vertiente más política y delicada del caso afecta directamente al funcionamiento de la Presidencia del Gobierno. La inclusión del delito de malversación de caudales públicos responde al empleo de recursos del Estado para fines estrictamente privados. La investigación ha puesto el foco en Cristina Álvarez, asesora de la Moncloa, quien presuntamente habría ejercido funciones de asistente personal para Begoña Gómez tanto en sus negocios como en la gestión de su cátedra universitaria.

Durante la instrucción, el juez Peinado recabó correos electrónicos y testimonios que apuntan a que Álvarez dedicó parte de su jornada laboral —sufragada por las cuentas públicas— a realizar gestiones privadas para la mujer de Sánchez. Esta pieza del caso involucró incluso al ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes Félix Bolaños, quien tuvo que declarar como testigo para explicar la contratación de dicha asesora. Finalmente, el magistrado ha determinado que el uso de personal eventual de Moncloa para el lucro o la proyección profesional de Gómez constituye un presunto desvío de fondos públicos que debe ser juzgado.

Bolaños acosa a Peinado y critica el procesamiento de Begoña: «Es un daño irreparable a la Justicia»

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El ministro se ha mostrado, a lo largo de estos dos años, contrario a la causa de Begoña Gómez y, por ello, ha cargado en reiteradas ocasiones contra el magistrado. Desde que la mujer del presidente del Gobierno fuera procesada, Bolaños ha reiterado en numerosas ocasiones que la causa «ha hecho un daño irreparable a la Justicia».

A esta opinión se unía otro ministro, Óscar Puente, —aseverando que el resto del Consejo piensa lo mismo— quien afirmaba no entender «qué es lo que se le reprocha» a Begoña Gómez y cuestionaba a Peinado, mencionando que «las decisiones de un juez no tienen que ser imparciales, sino que tienen que parecerlo».

Descrédito a la Justicia

El camino ha dejado su huella en la política española y los tres poderes del Estado. Así, dejaba episodios tales como los «cinco días de reflexión» de Pedro Sánchez en abril de 2024 o las querellas presentadas por la Abogacía del Estado contra el propio Peinado. También la negativa de Begoña Gómez a declarar en varias ocasiones y el silencio del presidente del Gobierno cuando el magistrado se desplazó a Moncloa para interrogarle han sido momentos que han marcado una estrategia de defensa basada en el cuestionamiento de la legitimidad del instructor.

Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid respaldó la labor de Peinado al rechazar las querellas por prevaricación, permitiendo que la investigación llegara a su término. La acusación popular del caso —liderada por la asociación Hazte Oír y también conformadas por Vox, Manos Limpias, Iustitia Europa y Movimiento de Regeneración Política de España— ha solicitado una pena de prisión de 24 años, alegando. En su escrito de conclusiones provisionales (de acusación) Hazte Oír considera que en la causa se han cometido nueve «hechos» punibles diferentes que se ajustan a los tipos penales recogidos por el magistrado instructor.

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