El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y el presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde Pumpido
Sobre la impugnación de Jordi Turull
Conde-Pumpido incluye el primer recurso para la aplicación de la amnistía en el Pleno del próximo 22 de septiembre
El ponente encargado de la impugnación que inaugurará la serie será el magistrado del bloque profesional José María Macías
El presidente del Tribunal Constitucional no esperará a octubre para arrancar con los recursos presentados contra la negativa del Supremo a aplicar la ley de amnistía a los cabecillas políticos del procés de Cataluña. Según ha podido adelantar El Debate, Cándido Conde-Pumpido ha informado, esta misma mañana, al Pleno de la Corte, su intención de llevar el primer asunto planteado sobre el borrado penal de los delitos condenados por la Sala Segunda al cónclave del próximo 22 de septiembre, una vez que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha resuelto las cuestiones prejudiciales sobre la polémica norma.
Y, es que, como avanzó este diario, de acuerdo con el magistrado José María Macías, ponente designado en el caso de Jordi Turull que inaugurará la serie, el presidente del TC convocará al colegio de jueces para deliberar los amparos pendientes referidos a la aplicación efectiva del texto, tras la apertura del Año Judicial. Será a medida que avancen los Plenos sucesivos cuando se señalarán el resto de las impugnaciones y el orden de las mismas.
El Constitucional acordó admitir a trámite el presentado por Turull contra el 'no' del Supremo a eliminarle la malversación del procés, que le mantiene alejado de la primera línea política y que, al igual que en los amparos planteados por el exvicepresidente catalán Oriol Junqueras y los exconsejeros Raül Romeva y Dolors Bassa, impugnaba dos de las decisiones del Supremo contrarias a sus intereses: la primera, en la que se le denegó la aplicación de la amnistía; y, la segunda, en la que el Alto Tribunal, confirmó sus resoluciones anteriores al rechazar las súplicas.
Todos ellos pidieron como medida urgente que se les dejara en suspenso la pena de inhabilitación para el ejercicio de cargo público, que está vigente hasta 2030, ya que es la única que resta tras el indulto concedido por el Gobierno a las penas de prisión.
En concreto, el dirigente de Junts basó su recurso de amparo en supuestas vulneraciones del principio de legalidad penal (artículo 25.1 de la Constitución) y del derecho a la tutela judicial efectiva (del artículo 24.1). El TC accedió entonces a estudiar las razones de los separatistas al apreciar «una especial trascendencia constitucional, puesto que plantea un problema o afecta a una faceta de un derecho fundamental sobre el que no hay doctrina» y, además, porque «el asunto suscitado trasciende del caso concreto hasta las consecuencias políticas generales».
Ahora, tras el aval parcial de la Justicia europea a la amnistía española, establecido en dos sentencias vinculantes según las que el contenido de la misma no entra en colisión con el Derecho comunitario, ni afecta a los intereses económicos de la Unión, Conde-Pumpido ha decidido activar la cuenta atrás que permitirá, de igual manera, la vuelta de Carles Puigdemont a España, sin ser detenido.
El TJUE respondió a dos de las cuatro cuestiones prejudiciales que nuestros tribumales enviaron a Luxemburgo -las de la Audiencia Nacional y el Tribunal de Cuentas- por sus dudas sobre la compatibilidad de la ley con las reglas de la UE; dos asuntos respecto a los que el Abogado General en su dictamen no vinculante de noviembre ya había descartado que afectara a los intereses financieros del conjunto de los Estados miembros o que fueran una «autoamnistía», aunque esta última referencia no aparece en ningún momento recogida en las sentencias, por su marcada lectura política.