Todavía hay jueces en España
Remedando al molinero de la Corte de Federico II de Prusia en el siglo XVIII, afirmamos que todavía hay jueces en España. Sólo ellos pueden restablecer el imperio de la Ley e imponerse al poder cuando este se desempeña ilegítimamente
Siempre he admirado el papel del juez profesional en la sociedad. Su delicada misión. Su sacrificado papel de sacerdote de la Justicia, culto indeleble que le debe acompañar toda su vida. La soledad existencial que le rodea, necesaria para su, con frecuencia, incomprendido trabajo. La eterna duda que le asaltará constantemente tras toda resolución que adopte: si es justa o no, si perjudicará a inocentes… Honestidad, ejemplaridad, y discreción le han de acompañar. Es la eterna ‘ratio’ personal y profesional del juez. El juez es la ley que habla a través de sus sentencias. No debe ser un tertuliano mediático ni un vendedor de crecepelos. No es su papel.
Las líneas que anteceden pueden desprender un aroma panegírico. Sin embargo, proceden de un profundo respeto y admiración a la figura del juez como profesional del Derecho, firme ante el torbellino de la actualidad política imperante. Si me permiten una pincelada autobiográfica, soy hijo de juez, de un juez insobornable y concienzudo, del que aprendí las primeras letras de la cultura y del Derecho. Yo mismo quise serlo. Sentí vocación, predisposición aconsejable para ejercer este oficio, al que dediqué dos sacrificados e intensos años de mi vida como opositor a Judicatura. Imponderables me hicieron girar hacia otro noble menester profesional, la docencia universitaria del Derecho, a la que he consagrado, sine ira et studio, cuarenta años de vida activa, y no me arrepiento. Disfruté.
Cuando explicaba a mis alumnos la defensa de los derechos y libertades fundamentales en el Derecho Administrativo, entraba con placer en la exposición del significado, naturaleza y alcance de la jurisdicción contencioso-administrativa. Resaltaba con justicia, nunca mejor dicho, la figura del juez de lo contencioso-administrativo, cuya potestad descollante, atribuida por el Ordenamiento jurídico, es la de controlar la legalidad de los actos y normas de las Administraciones públicas, para, en su caso, y en protección de esos derechos y libertades de los ciudadanos, anular la actividad ilegal en que pudieran incurrir, con una frecuencia nada deseable, tales privilegiadas entidades. El juez de lo contencioso-administrativo es la garantía, por excelencia, de que goza el ciudadano en el Estado de derecho.
Hoy la política española atraviesa días «un tanto oscuros», como acertadamente ha manifestado el Rey Felipe VI (23.6.26). Ateniéndose a su neutralidad política, exquisitamente observada hasta la fecha, el Monarca no ha querido avanzar más. Sin embargo, yo, como simple ciudadano, sí puedo –y debo– explicar qué significan esos «días oscuros», como los ha calificado nuestro jefe del Estado. Días oscuros son estos que vivimos los españoles, en los que presenciamos una catarata de ataques arbitrarios a la Justicia provenientes del Gobierno y otros altos cargos. También lo son el rosario de escándalos judiciales que involucran a altos cargos del Estado; presuntos delitos por los que están investigados y/o procesados, pendientes de juicio. Y, sin embargo, contra lo que ordena la ética democrática (asunción de responsabilidades políticas) y los usos imperantes en las democracias occidentales (cese/dimisión), los cargos afectados se resisten a abandonar el poder por más que les envuelva la corrupción o así lo haya pedido la mayoría absoluta del Parlamento a manera de moción de censura informal.
Esta actitud inmoral de gobernantes resistentes que padecemos, habrá de ser depurada finalmente, en su caso, por los miembros del Poder Judicial. Frente al abuso del poder de unos políticos desaprensivos –incomprensible en un sistema democrático–, serán los jueces y tribunales quienes, en cumplimiento del Ordenamiento jurídico, impartirán justicia y apartarán del ilegítimo ejercicio del poder público a quienes transgreden las Leyes y el Código Penal. Así lo requiere el principio ético del Estado de derecho «fiat iustitia et pereat mundus» («hágase justicia aunque perezca el mundo») que Immanuel Kant recogió en su obra Hacia la paz perpetua (1795), expresando la idea de que la justicia es un imperativo absoluto que no admite excepciones ni componendas.
Por ello, ante el desamparo en el que los ciudadanos podemos encontrarnos por unas autoridades y gobernantes que, presos de una personalidad autoritaria o cesarista, no encuentran freno ni término al ejercicio del poder en democracia, será el Poder Judicial (Título VI CE) quien, a través de sus miembros, corregirá excesos o abusos, reparará daños, y, en definitiva, protegerá la esfera de derechos y libertades del ciudadano censurando al gobernante transgresor de los principios y reglas del Estado de derecho, o desconocedor de los hábitos de un sistema político democrático, como el instaurado por la Constitución española de 1978.
Remedando al molinero de la corte de Federico II de Prusia en el siglo XVIII, afirmamos que todavía hay jueces en España. Sólo ellos pueden restablecer el imperio de la Ley e imponerse al poder cuando este se desempeña ilegítimamente.
- José Torné-Dombidau y Jiménez es profesor titular de Derecho Administrativo y presidente del Foro para la Concordia Civil