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Varias personas realizan la compra en un supermercado tras el apagón eléctrico en Madrid.

Varias personas realizan la compra en un supermercado.EP

El laberinto de los horarios comerciales: 370 regulaciones municipales distintas y 7 calendarios autonómicos

Mientras que los países de la Unión Europea apuestan por un modelo cada vez más flexible, España mantiene una regulación dispar

El comercio en España se enfrenta a un complejo entramado normativo de horarios que varía notablemente según la comunidad autónoma e incluso entre municipios. El laberinto es tal que actualmente conviven siete calendarios autonómicos y más de 370 regulaciones municipales distintos. Esta fragmentación regulatoria convierte la planificación y gestión de la actividad comercial en un desafío logístico y legal, especialmente para las empresas con presencia en varias regiones.

Uno de los aspectos más llamativos de este modelo es la diferencia en los días autorizados para la apertura en domingos y festivos. Mientras que en algunas ciudades los comercios disfrutan de amplios márgenes de libertad, en otras las restricciones son más severas. Esta diversidad crea un «efecto frontera» entre territorios, donde negocios ubicados a escasos metros de distancia pueden tener derechos de apertura distintos según el lado de la calle en el que se encuentren.

Las limitaciones afectan especialmente a los establecimientos de mayor tamaño –aquellos con más de 300 metros cuadrados– que, salvo excepciones, no pueden abrir los domingos y festivos. Esta norma, que se aplica de forma generalizada en muchas comunidades, excluye precisamente a uno de los formatos más demandados por parte de los consumidores, especialmente en días no laborables.

Con el objetivo de introducir cierta flexibilidad, en 2012 se crearon las Zonas de Gran Afluencia Turística (ZGAT), que permiten habilitar la apertura en determinadas áreas durante ciertas épocas del año. Sin embargo, en la gran mayoría de los casos han conseguido el efecto contrario. En muchas ciudades, estas zonas se han delimitado de forma muy restrictiva, con criterios geográficos y temporales que reducen su efectividad. Además, las decisiones sobre su alcance se toman en mesas y consejos locales del comercio, lo que en ocasiones ha dado lugar a modelos más estrictos que dejan la ley en papel mojado.

Solo la Comunidad de Madrid y Ceuta han optado por un modelo de plena libertad comercial, permitiendo a todos los comercios, sin distinción por tamaño, abrir los días que consideren oportunos. En Madrid, esta política se aplica desde 2012 y ha sido valorada positivamente por algunas asociaciones empresariales, que la vinculan con un aumento del empleo y del dinamismo económico. Según datos regionales, la liberalización ha contribuido con más de 15.000 empleos adicionales y un impacto económico superior a los 2.600 millones de euros en el PIB regional.

Otras ciudades han optado por modelos intermedios. Barcelona, por ejemplo, amplió recientemente su zona ZGAT a ocho distritos durante parte del verano. La medida ha tenido efectos positivos sobre la actividad comercial, con aumentos de ventas y empleo en los meses de aplicación. Sin embargo, la cobertura de esta zona sigue siendo parcial, y buena parte de la ciudad queda fuera del régimen de apertura.

En el conjunto de España hay un mosaico de criterios. Málaga permite la apertura en todo el municipio durante buena parte del verano y Semana Santa, mientras que ciudades como Córdoba, Granada o Jerez han optado por restringir recientemente sus zonas de apertura, limitándolas a los cascos históricos. En estos casos, se ha producido un retroceso respecto a etapas anteriores, en las que se aplicaban modelos más abiertos.

A esta disparidad territorial se suma la evolución de los hábitos de consumo. El auge del comercio electrónico y la demanda de mayor flexibilidad por parte de los consumidores contrastan con un marco legal que, en muchos casos, responde a una concepción del comercio más propia del siglo XX que de la economía actual. La falta de armonización también representa una barrera para la inversión y la expansión de marcas nacionales e internacionales, que deben adaptar su operativa a normativas locales muy diferentes entre sí.

Mientras que los países de la Unión Europea apuestan por un modelo cada vez más flexible –once países disfrutan de plena libertad de horarios y otros cinco de flexibilidad casi total–, España mantiene una regulación con amplias diferencias internas y que, en muchos territorios, impone límites que ya no existen en otros sectores del ocio o los servicios.

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