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La ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel Rodríguez

La ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel RodríguezEuropa Press

Las ayudas para cubrir impagos de alquileres aprobadas por el Gobierno dejan fuera al 85 % de los propietarios

La cobertura estará limitada a los contratos vigentes a 30 de enero de 2025 y a los alquileres que el precio que no supere el índice estatal de referencia de precios

Ha tardado casi un año, pero el Consejo de Ministros ha aprobado este martes el Real Decreto por el que se incluyen medidas de ayuda a los propietarios ante los impagos de los alquileres. El Gobierno ya dio luz verde en enero a esta iniciativa con el objetivo de conseguir el visto bueno de Junts en el decreto ómnibus, pero ahora se ha materializado, ya que forma parte del paquete de medidas que los de Pedro Sánchez van a sacar adelante con el fin de volver a recuperar la confianza de los independentistas.

Estos avales garantizarán el pago de las mensualidades impagadas, así como los daños causados a la vivienda y el coste de los suministros debidos. Pero para contar con esta cobertura, los arrendadores deberán cumplir una serie de requisitos, que tienen letra pequeña y que limitan su alcance.

Por un lado, esta medida está destinada a aquellos propietarios que faciliten el acceso a la vivienda a los menores de 35 años o a las personas que se encuentren en situación de vulnerabilidad. Además, solo se compensará a los caseros que pongan una vivienda en alquiler a un precio que no supere el índice estatal de referencia de precios.

Aquí está la primera «trampa». Y es que este índice solo se utiliza de manera obligatoria en las zonas tensionadas, ya que tal y como se establece en la Ley de Vivienda, es el que marcará el límite el precio de la renta en los nuevos contratos de alquiler de viviendas de grandes tenedores, así como en todos los nuevos contratos de alquiler de vivienda situadas en dichas zonas donde se aplique el límite a los precios.

«En el mercado actual, la gran mayoría de contratos se encuentran por encima de estas cantidades», denuncia David Caraballo, CEO de Alquiler Seguro. «Es, en definitiva, un requisito que limita su alcance e impide acceder a esta ayuda a la práctica totalidad de los propietarios que están sufriendo impagos», añade.

Otro de los requisitos para la obtención de dichas ayudas es que se tendrá que depositar la fianza legal obligatoria del contrato de alquiler y sus actualizaciones, así como suscribir con el arrendatario el compromiso relativo al aval al alquiler, según el modelo que la Administración ponga a disposición de la ciudadanía.

La cobertura, cuya línea presupuestaria aún no se ha aprobado ni se ha especificado el importe con el que contará, estará limitada a eventuales impagos y daños generados en los contratos vigentes a 30 de enero de 2025. Esto implica un nuevo problema, porque no se plantean qué pasaría si el inquilino se niega a suscribir el compromiso relativo al aval del alquiler.

Desde Asoban Abogados advierten que este aval no supone una garantía real para la mayoría de arrendadores. Sus juristas explican que solo resultará aplicable en aquellos contratos que reúnan todas las condiciones técnicas exigidas (renta limitada al índice estatal, fianza legal actualizada, contrato formalizado, compromiso de aval suscrito), requisitos que no se cumplen en gran parte de los alquileres actuales: «El mecanismo no actúa como un seguro generalizado contra impagos; más bien como una excepción regulada», subrayan, y advierten de que la mayoría de caseros seguirán afrontando los riesgos inherentes al alquiler sin respaldo institucional.

Todo esto supone que, según datos de Alquiler Seguro, este aval deja fuera a más de 3 millones de contratos de alquiler en vigor, y para los nuevos contratos de alquiler, será totalmente inaccesible para el 85 % de propietarios de viviendas en alquiler, cuyas rentas están fuera del rango del índice estatal de referencia al alquiler aprobado por el Gobierno.

«De nuevo, vemos cómo el Ejecutivo vuelve a incidir en la desprotección de los propietarios, con una medida que no es más que papel mojado. Mientras, por un lado, se prohíbe el desahucio de los inquilinos vulnerables, por otro lado, no se impulsa un verdadero sistema de avales públicos que cubra a todos los arrendadores y que les ofrezca verdaderas garantías frente a impagos y morosidad», asevera Caraballo.

Lo que es seguro es que, tal y como apuntan los expertos inmobiliarios, esta medida no mejora la seguridad jurídica y perjudicará aún más al mercado de alquiler de vivienda: no se pondrán muchos inmuebles en el mercado y se retirarán de la oferta otros tantos, frenando así la inversión de vivienda para destinarla al alquiler.

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