Fundado en 1910
Imagen de la mano de un juez, con la toga negra que visten en las vistas orales

Los altos magistrados le dieron la razón absoluta, al detectar una actitud corporativa grave e inflexibleEuropa Press

Empleo

Un tribunal condena a una empresa a pagar más de 50.000 euros por obligar a fichar con reconocimiento facial

La sentencia señala que disponían de alternativas mucho más respetuosas para medir el tiempo de trabajo, como el uso de tarjetas convencionales

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha emitido un fallo contundente contra una compañía por vulnerar la intimidad de su plantilla. Los magistrados obligan a la empresa a indemnizar a una trabajadora con más de 50.000 euros. Semejante castigo económico responde a dos motivos fundamentales. La empleada sufrió constantes retrasos en el cobro de su nómina, y tuvo que soportar un sistema de fichaje ilegal, basado en el reconocimiento de su rostro.

Todo comenzó en marzo del año 2023, al instalar un mecanismo tecnológico para registrar las entradas y salidas del personal. La dirección exigía utilizar los rasgos biométricos sin pedir permiso a los afectados, un detalle que los jueces consideran una intromisión totalmente desproporcionada.

La sentencia señala que la corporación disponía de alternativas mucho más respetuosas para medir el tiempo de trabajo, como el uso de tarjetas convencionales. A pesar de las quejas formales presentadas por los representantes sindicales, el aparato continuó funcionando hasta principios del año 2025.

El desenlace judicial

Agotada por los impagos y la vigilancia desmedida, la profesional decidió pedir la extinción de su contrato laboral durante el año 2024. En una primera fase del proceso legal, un juzgado de Vigo le concedió 7.501 euros, por los daños morales causados a su imagen personal. Lejos de conformarse, la denunciante llevó el asunto hasta el máximo tribunal autonómico.

Los altos magistrados le dieron la razón absoluta, al detectar una actitud corporativa grave e inflexible. Gracias a dicha apelación, logró sumar otros 46.266 euros adicionales a su favor, en concepto de despido improcedente, cerrando el caso con una victoria total.

Advertencia para el sector empresarial

La reciente resolución judicial supone un aviso muy claro para el resto de compañías. Implementar tecnologías modernas requiere cumplir siempre la normativa europea de protección de datos, protegiendo la privacidad de los trabajadores. El tribunal subraya que captar rasgos biométricos exige acatar el artículo 9 de la legislación vigente, y nunca resulta justificable para un simple control horario.

Las empresas deben revisar sus protocolos internos urgentemente, bajo riesgo de afrontar multas enormes, si vulneran los derechos fundamentales de su plantilla de forma similar.

comentarios
tracking

Compartir

Herramientas