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La ministra de Vivienda, Isabel Rodríguez, interviene durante una sesión plenaria en el Congreso de los Diputados

La ministra de Vivienda, Isabel Rodríguez, interviene durante una sesión plenaria en el Congreso de los DiputadosAnanda Manjón / Europa Press

La ayuda para alquilar casas con opción a compra, otro fuego de artificio: en 2025 no se ha construido ninguna

Desde 2019 se han producido 628 viviendas de este tipo y apenas se han iniciado 496

El Gobierno ha incluido en el Plan Estatal de Viviendas 2026-2030 ayudas de hasta 60.480 euros para fomentar el alquiler con opción a compra de viviendas protegidas, facilitando así el acceso progresivo a la propiedad por parte de personas jóvenes.

Estas subvenciones van destinadas a las personas físicas o jurídicas vendedoras de inmuebles protegidos con protección permanente. Pero a cambio, el contrato debe cumplir una condición clave: todas las rentas pagadas durante el periodo de alquiler deben descontarse íntegramente del precio final de compra, que «no podrá ser superior al que corresponda a la protección permanente en el momento del ejercicio de la referida opción», tal y como explica el texto.

Aunque esta medida va destinada a todos los propietarios de viviendas protegidas, ya nace completamente muerta, porque ni el propio Gobierno es capaz de construir inmuebles en este tipo de régimen. Según los datos publicados por el Ministerio de Vivienda, desde 2019 –primer año completo en el que Pedro Sánchez es presidente del Gobierno–, se han producido 628 viviendas de alquiler con opción a compra en toda España. Y en 2025 ninguna.

En el caso de las viviendas protegidas que todavía están en construcción y, por tanto, podrían ser susceptibles de beneficiarse de esta medida, el balance es aún peor. En 2025 tampoco se ha iniciado ninguna, y desde que Sánchez llegó a la Moncloa la cifra apenas llega a los 500 inmuebles –quedándose en 496–.

A eso se le suma que el parque de vivienda de titularidad pública apenas alcanza las 318.000 viviendas, lo que ofrece cobertura a alrededor del 1,7 % de los hogares y, de acuerdo con la Encuesta de Condiciones de Vida publicada por el Instituto Nacional de Estadística (INE) en 2025, se puede estimar que todo el parque de alquiler social en España suma el 3,5 %, situando a España lejos de la media de la Unión Europea, que está en el 9 %. Además, está mucho más lejos de los países con mejores prácticas, como Austria, Francia, Países Bajos o los países nórdicos, donde el parque social ronda el 20 %.

Este ínfimo porcentaje se debe a que, hasta la aprobación de este Plan Estatal de Vivienda, transcurridos entre 10 y 30 años, las viviendas públicas se incorporaban automáticamente al mercado libre. Ahora, se introduce el principio de protección indefinida de las viviendas públicas, de manera que los inmuebles que se adquieran y promuevan con fondos del plan tendrán la calificación de protegidas con carácter permanente.

Esta combinación de factores va a hacer que esta medida, que Sánchez ya anunció a bombo y platillo a la vuelta del verano de 2025, se quede en nada.

Claves de la ayuda

La ayuda económica se concederá a cualquier persona física o jurídica que sea propietaria de una vivienda protegida con protección permanente. Eso sí, para que se pueda solicitar, el inquilino no podrá tener más de 35 años en el momento de firmar el contrato de alquiler con opción a compra. En el caso de ser dos los arrendatarios, al menos uno de ellos deberá cumplir el requisito de la edad.

Y se tendrán en cuenta los ingresos de la unidad de convivencia beneficiaria, que no podrán superar los máximos fijados para el tipo de vivienda protegida correspondiente. Estos ingresos se comprobarán en el momento de ejercer la opción de compra.

La ayuda está condicionada a que el contrato recoja el precio final de compra, el importe del alquiler y el plazo para ejercer la opción de compra, que tendrá que ser entre uno y cuatro años desde la firma. Además, el precio de venta no puede superar los máximos de vivienda protegida, y el 100 % de las rentas abonadas durante el alquiler se descontarán del precio final de compra.

No podrán acceder a esta ayuda aquellos casos en los que los inquilinos sean propietarios o usufructuarios de una vivienda en España que puedan ocupar, o no hayan cumplido correctamente con las obligaciones del contrato de alquiler, como el pago puntual de la renta.

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