La presidenta del Tribunal de Cuentas, Enriqueta Chicano.
El Tribunal de Cuentas afea al Estado que financie la Seguridad Social con préstamos
El organismo considera que este mecanismo no responde a «criterios de racionalidad económico-financiera» y defiende que estas aportaciones deberían reflejarse como transferencias corrientes
El Tribunal de Cuentas ha cuestionado la fórmula con la que el Estado ha cubierto en los últimos años los desequilibrios de la Seguridad Social. La institución que preside Enriqueta Chicano sostiene que los préstamos concedidos para financiar las necesidades del sistema «no responden a criterios de racionalidad económico-financiera» y considera que estas aportaciones deberían reflejarse conforme a su verdadera naturaleza económica, más próxima a una transferencia corriente que a una deuda.
En su informe, el Tribunal de Cuentas analiza el efecto que el endeudamiento con el Estado tiene sobre la sostenibilidad financiera de la Seguridad Social y concluye que el recurso continuado a los préstamos ha contribuido a deteriorar la imagen que ofrecen sus cuentas. A cierre de 2024, el patrimonio neto del sistema presentaba un saldo negativo de 110.625 millones de euros, mientras que la deuda por préstamos concedidos por el Estado alcanzaba los 126.171 millones. Si se añade otra deuda histórica pendiente con la Administración General del Estado, el endeudamiento total asciende a 135.253 millones.
Según el Tribunal, el problema no es que el Estado aporte recursos a la Seguridad Social, sino en la fórmula elegida para hacerlo. Explica que los préstamos sirven para aportar liquidez y mejorar el equilibrio presupuestario, pero no generan un ingreso desde el punto de vista económico-patrimonial. Como consecuencia, incrementan el pasivo del balance sin compensar el deterioro del patrimonio neto provocado por los déficits acumulados de la gestión ordinaria.
«La cobertura de obligaciones procedentes de la gestión ordinaria a través de vías de financiación extraordinarias y coyunturales generadoras de endeudamiento a largo plazo, aun siendo frente al Estado, carece de racionalidad económico-financiera», señala el informe. En su opinión, la financiación estatal debería tener «la misma naturaleza económica y presupuestaria» que los gastos a los que va destinada, ya que las transferencias corrientes sí generan ingresos que mejoran el resultado económico y el patrimonio del sistema.
El documento recuerda que el grueso del endeudamiento actual procede de los préstamos concedidos desde 2017 para cubrir los desequilibrios presupuestarios de la Seguridad Social. En total, suman 109.002 millones de euros, a los que se añaden otros 17.169 millones correspondientes a préstamos otorgados entre 1992 y 1999. Muchos de estos créditos históricos continúan vigentes después de más de tres décadas, sin que el Estado haya exigido su devolución y tras sucesivas prórrogas de sus vencimientos.
El Tribunal considera que el elevado endeudamiento y el patrimonio neto negativo proyectan la imagen de un sistema con graves problemas estructurales de sostenibilidad financiera. Sin embargo, sostiene que esa percepción está condicionada por el tratamiento contable de estas operaciones y recomienda al Gobierno impulsar los estudios y actuaciones necesarias, en el marco del Pacto de Toledo, para adaptar la financiación de la Seguridad Social a la verdadera naturaleza económica de estas aportaciones.
Las alegaciones incorporadas al informe reflejan, sin embargo, diferencias entre los organismos consultados. Tanto la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) como la Intervención General de la Seguridad Social (IGSS) sostienen que carecen de competencias para modificar la naturaleza jurídica o contable de unos préstamos definidos como tales por las sucesivas leyes de Presupuestos Generales del Estado. La propia Tesorería General de la Seguridad Social comparte, además, las conclusiones del Tribunal y plantea que el saneamiento del balance debería abordarse mediante la cancelación de los préstamos concedidos hasta la fecha en compensación por los denominados gastos impropios asumidos por el sistema.
La principal discrepancia procede del Ministerio de Hacienda. En sus alegaciones, el departamento defiende que la financiación mediante préstamos cuenta con cobertura legal y responde a una lógica de disciplina presupuestaria. A su juicio, este mecanismo introduce una restricción presupuestaria que incentiva la eficiencia en el gasto y la corresponsabilidad financiera de la Seguridad Social, mientras que sustituirlo por transferencias corrientes podría favorecer comportamientos de «riesgo moral» y debilitar los incentivos para contener el gasto. En esta misma línea, Hacienda rechaza la petición de compensar los gastos impropios de décadas pasadas, alegando que «no resulta jurídicamente procedente» retrotraer la exigibilidad de esa financiación al implicar una aplicación retroactiva de las normas actuales.