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Andalucía

Crece la polémica al eludir la cárcel dos policías locales de Estepona condenados por abuso

Los dos agentes evitarán entrar en la cárcel tras un acuerdo alcanzado entre la Fiscalía y la acusación particular con la condición de someterse a un programa de educación sexual e indemnizar a la víctima con 80.000 euros

la Audiencia de Málaga ha condenado a dos años de cárcel a los dos policías locales del municipio malagueño de Estepona por un delito de abuso a una joven de 18 años en junio de 2018. No obstante, ambos agentes evitarán ingresar en prisión tras el acuerdo alcanzado Fiscalía y acusación particular con la condición de someterse a un programa de educación sexual e indemnizar a la víctima con 80.000 euros. La Fiscalía pedía 30 años para los acusados y consideraba los hechos como «agresión sexual».

Tras conocerse la sentencia , el Ayuntamiento del municipio malagueño ha anunciado que ha expulsado definitivamente de la Policía Local al agente que era funcionario del consistorio. Cuando conoció lo ocurrido, la casa consistorial inició un expediente disciplinario y decretó la máxima sanción administrativa que se podía adoptar contra el agente, la suspensión de empleo y de sueldo. El segundo agente tampoco volverá a trabajar en este ayuntamiento porque no se le renovó la comisión de servicio en la que se encontraba tras conocerse los hechos.

En una vista celebrada el pasado 22 de abril, la Fiscalía, la acusación particular y las defensas de ambos acusados presentaron un escrito conjunto en el que se acordó, además de las condiciones mencionadas anteriormente –someterse a un programa de educación sexual e indemnizar a la víctima con 80.000 euros–, la inhabilitación para empleo o cargo público de los policías y la prohibición de comunicarse con la chica durante diez años.

La sentencia se dictó en base a la conformidad de ambos acusados con el nuevo escrito de acusación presentado conjuntamente por todas las partes procesales, a pesar de que en un principio la Fiscalía pedía 30 años de prisión para los acusados y consideraba «agresión sexual» los hechos, informa Efe. Tras este acuerdo, no se consideró necesario celebrar un juicio.

El hecho de que no vayan a entrar en prisión aún estando condenados ha suscitado una polémica. Los magistrados fundamentan este acuerdo en que ninguna de las partes se opone a la suspensión, en que los abusadores ya han indemnizado a la víctima y en la «escasa probabilidad» de que reincidan; y la conformidad entre las partes solo puede ser acatada por el juez.

El presidente de la Sección octava de la Audiencia Provincial de Málaga, Pedro Molero, en un voto particular, rechaza este criterio, porque cree que los hechos revelan una «acusada peligrosidad criminal en sus autores», que a su juicio llevaron a cabo una «acción muy planificada» siendo servidores públicos. El magistrado apunta, asimismo, que en el auto «no se contiene dato alguno que permita realizar un pronóstico de escasa probabilidad de que ninguno de los penados vuelva a cometer hechos de similar naturaleza».

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